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CóRDOBA
TRAS EL DICTAMEN DEL FISCAL GENERAL

La cautelar contra la ley de IVE, con pronóstico incierto en el TSJ

Cualquiera sea la decisión, llegará a la Corte Suprema. Diferencias con la causa que demoró siete años el aborto no punible. ¿La Justicia puede frenar la aplicación general de una ley nacional?

Tribunal Superior de Justicia
TRIBUNAL SUPERIOR. Los siete vocales tienen que resolver si conceden o no la medida cautelar que suspenda en Córdoba la aplicación de la ley de Aborto Legal. No tiene plazos. Cualquiera sea la decisión, la discusión promete llegar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. | Cedoc Perfil

La judicialización de la ley 27.610 de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) no logró frenar la aplicación de la práctica en la Provincia de Córdoba. Hay expedientes abiertos en la Justicia Federal y en los tribunales provinciales. El último es una acción de amparo que presentó el abogado Aurelio García Elorrio en la Cámara Contencioso Administrativa de 1ª Nominación, que admitió el trámite pero rechazó la medida cautelar solicitada para suspender la práctica de aborto legal.

Ante esa negativa, el abogado apeló y ahora la causa está a decisión del Tribunal Superior de Justicia. Como la naturaleza del planteo ataca la constitucionalidad de la ley y se tramita como amparo, será el pleno del cuerpo el que resuelva. Hasta el viernes pasado, según pudo saber PERFIL CÓRDOBA, no había recusación a ninguno de sus vocales ni ellos se apartaron. Es decir que la resolución sobre la cautelar será adoptada por los siete: Sebastián López Peña (es quien está firmando los decretos de los trámites), Marta Cáceres de Bollati, Luis Angulo, Aída Tarditti, Luis Rubio, Domingo Sesín y Mercedes Blanc de Arabel.

Hay dos posibilidades: que el TSJ resuelva favorablemente al planteo de García Elorrio o no. En el primer caso la Provincia (demandada) y las entidades que participan como terceras interesadas (Fundeps, Católicas por el Derecho a Decidir y la Clínica de Litigio e Interés Público) seguramente presentarán un recurso extraordinario federal para que se pronuncie la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Caso contrario, García Elorrio ya prometió que sostendrá su pretensión hasta las máximas instancias judiciales. La discusión continuará, presumiblemente, por varios meses más.

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Mientras tanto, la Cámara Contencioso Administrativa integrada por Ángel Antonio Gutiez, Gabriela Cáceres y Leonardo Massimino continúa analizando el fondo del planteo: la inconstitucionalidad de la ley IVE.

De ahí la trascendencia de la discusión que está en el TSJ y, seguramente, se prolongará hasta llegar a la Corte. Si bien el fallo no versará sobre la causa principal, el incidente referido a la cautelar tiene consecuencias importantes. Ante una discusión similar —con casi los mismos actores— el Protocolo de Aborto no punible estuvo frenado en Córdoba y sin aplicarse durante siete años, hasta que el máximo tribunal provincial lo rechazó considerando que el Portal de Belén (que presentó aquel amparo) no tenía legitimidad para arrogarse la representación de ningún damnificado, uno de los requisitos básicos del amparo. Al final, la asociación que fundó García Elorrio perdió el juicio, pero en el interín mantuvo por años frenada la aplicación de la norma que atacaba.

Juan Manuel Delgado
JUAN MANUEL DELGADO. Opinó que en Córdoba debe suspenderse la práctica del aborto.

En este marco, cobra importancia el dictamen del fiscal General, Juan Manuel Delgado, quien opinó que debe suspenderse la práctica del aborto legal en la provincia de Córdoba. Si el TSJ acoge su postura —no vinculante— Córdoba podría volver a una situación similar a la del aborto no punible.

A nombre propio y de los niños por nacer. En esta nueva embestida contra la interrupción voluntaria del embarazo, Aurelio García Elorrio innovó argumentos respecto a la anterior acción por el aborto no punible; pero no son inéditos en relación con planteos que ya se resolvieron en otras jurisdicciones.

Para que consideren legítimo su reclamo, firmó la acción personalmente señalando que es un ciudadano que paga sus impuestos, pero también citó la representatividad de niños por nacer basándose en la ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Pidió que se declare inconstitucional la ley de IVE y no se aplique en Córdoba señalando que la Constitución Provincial protege la vida desde la concepción; que la Provincia incumple con su rol de poder de policía sobre las prácticas médicas porque es un derecho y un deber (por las facultades concurrentes de Nación y Provincias en Salud), y porque se proporciona Misoprostol a adolescentes, cuando en su prospecto señala los riesgos que conlleva para mujeres de corta edad.

En otros distritos donde se intentaron cautelares de este tipo, algunos jueces ya las rechazaron con base en el antecedente Thomas de la Corte Suprema, por el cual ningún juez en la República Argentina tiene el poder de hacer caer la vigencia de una norma ‘erga omnes’ (de modo general).

Marcelo Hidalgo
MARCELO HIDALGO, fiscal de Cámara. Disintió públicamente con la postura del fiscal General.

UN FISCAL SE DESMARCA

El fiscal de Cámara, Marcelo Hidalgo, expresó públicamente su posición disidente de la que adoptó el fiscal General, Juan Manuel Delgado.

En declaraciones a Radio Nacional, detalló su experiencia en la tramitación de causas penales por abortos clandestinos, el negocio millonario y oscuro que se mueve en torno a esa actividad y la soledad de las mujeres que acudían a la práctica sin respaldo legal. Explicó que por esas vivencias está convencido de la necesaria ley que habilitó la interrupción voluntaria del embarazo en Argentina.

Opinó, además, que Delgado no es plausible de ser recusado por su posición anticipada en la Unicameral en contra del aborto, cuando se analizaban sus pliegos para el cargo que ocupa. “A los fiscales se les pide imparcialidad, no objetividad”, puntualizó Hidalgo quien destacó la “coherencia” de Delgado de mantenerse en la misma posición, aunque dijo que él discrepa sustancialmente.