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CóRDOBA
FRENTE JUDICIAL

Los contadores llevan su pelea con Afip a la Justicia Federal

Es para que se derogue la implementación de un Régimen de Información por el hecho de ser asesores fiscales. “La obtención de pruebas debería ser alcanzada mediante normas de procedimiento tributario”, afirman.

27-12-20cpce
A LA JUSTICIA. Los contadores buscan un guiño de la Justicia para frenar la Resolución 4838 de Afip | Cedoc

El Consejo Profesional de Ciencias Económicas (CPCE) comunicó que presentó una cautelar ante la Justicia Federal, para continuar con las gestiones para la derogación de la Resolución General 4838 (B.O. 20/10/2020) mediante la cual la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) dispuso la implementación de un Régimen de Información de Planificaciones Fiscales (nacionales e internacionales). Ante la falta de respuesta al reclamo administrativo presentado por el CPCE ante la Afip, pidiendo la suspensión de la aplicación de la resolución y su derogación -tarea que se hizo junto con los otros 23 consejos con los que forman la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas-, la entidad resolvió seguir el camino que considera “necesario y legítimo para defender a los colegas profesionales de Ciencias Económicas”.

“Esperamos con bastante expectativa la resolución judicial. Estamos convencidos de que nos asiste el derecho, no solamente a nosotros sino también a los otros 23 consejos del país. Por eso presentamos la medida cautelar. Creemos que la Justicia debería fallar a favor, porque claramente hay una resolución administrativa que avanza sobre el secreto profesional que tiene garantías constitucionales. La resolución de Afip se extralimita en términos de avanzar sobre el secreto profesional y eso es lo que nos preocupa”, señaló José Simonella, presidente del CPCE a PERFIL CÓRDOBA. El juez que entiende la causa es Alejandro Sánchez Freytes.

Cabe recordar que el CPCE considera que la instrumentación del Régimen Informativo que se cuestiona “pretende imponer una carga pública a un sujeto ajeno a la relación jurídico-tributaria, como es el asesor fiscal, mediante una norma de inferior jerarquía a la ley. Sin una ley que, en forma clara, precisa y expresa, le delegue tal facultad”. Esa entidad cree que las disposiciones de la RG 4838/2020 violentan en forma flagrante principios constitucionales básicos. En esa línea, el consejo señala que es “violatoria del principio de legalidad, así como de otros principios constitucionales. Es importante destacar que la derogación solicitada no implica afectación alguna a las rentas fiscales, sino que solo se refiere a un régimen de información que atenta contra normas legales”. Y remarcó que “no es menor colocar en cabeza de los llamados asesores fiscales un régimen de información que importa “violentar el derecho a la intimidad de raigambre constitucional, así como también las leyes que -en cada jurisdicción- protegen el secreto profesional”.

Para el CPCE la obtención de pruebas de evasiones o infracciones impositivas, objetivo último de los regímenes de información fiscales, debería ser alcanzada mediante “el accionar previsto en las normas de procedimiento tributario, respetuosas de los principios constitucionales”. Para el consejo, la Afip como órgano inserto dentro del ámbito de actuación del Poder Ejecutivo, debe circunscribir su función a una actuación “administrativa conducente a que las leyes tributarias se cumplan, fiscalizando e investigando con el propósito de conocer la verdad de los hechos y tal función discrecional no puede rebasar los límites de la racionalidad, estando subordinada a los principios que prohíben la arbitrariedad”.