Desde el órgano perteneciente al Poder Judicial informaron que no permitirán las votaciones de aquellas personas que asistan a sufragar con versiones digitales de los documentos como lo son “Mi Argentina”, “Vecino Digital”, “Ciudadano Digital”, etc.
Por el contrario, si se podrá votar con libreta de enrolamiento, libreta cívica, DNI (libreta verde y celeste) y DNI tarjeta. Siempre y cuando sea la misma versión que figura en el padrón o sea posterior.
Integraciones al padrón
Asimismo, el Tribunal Electoral aclaró que solo determinadas personas podrán ser incorporadas al registro de electores correspondientes a determinadas mesas. Estas personas son:
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Autoridades de Mesa de Votación (AMV), titular y suplente y los Fiscales Públicos Electorales (FIPE), siempre que estén cumpliendo funciones en un establecimiento en el mismo circuito de votación (localidad) al de su domicilio.
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Los fiscales partidarios de mesas que fiscalizan, uno por mesa y por el mismo partido o alianza de partidos al que pertenezcan. Siempre y cuando figuren inscriptos en el circuito en que desempeñan.
Finalmente, desde el Tribunal recordaron que quienes voten más de una vez durante la misma elección o que emitan su voto sin derecho, puede ser penado con prisión de tres años según lo estipulado en el Código Electoral Nacional.