ECONOMIA
Rplica de Eduardo Echegaray a las empresas

Alícuotas mineras: "La Aduana actúa dentro de la Ley"

El Director General rechazó los cuestionamientos de la CAEM. "La exención tributaria quedó sin efecto y la Aduana recobra la autoridad para exigir el pago de los derechos de exportación", remarcó.

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| CEDOC

El Director General de la Aduana, Ricardo Echegaray, rechazó hoy cuestionamientos de la Cámara Argentina de Empresarios Mineros (CAEM) en el sentido de que sus empresas "fueron sorprendidas en sus tramitaciones aduaneras de exportación con el requerimiento de un pago de derechos no contemplados en la legislación fiscal" que regula el sector.

"Las acciones de control de la Aduana están dentro del contexto de la Ley" le respondió hoy Echegaray a la Cámara, aclarando que "la Aduana es una organización ejecutora de las políticas de Estado, pero actúa dentro del contexto que marcan las leyes y reglamentaciones".
"El régimen de estabilidad fiscal para las inversiones mineras -añadió- instaurado por ley 24.196 requiere que la autoridad de aplicación (Secretaria de Minería) califique qué proyectos, posiciones arancelarias y empresas están alcanzadas por el regimen de estabilidad fiscal y en consecuencia, exentas, del pago de derechos de exportación".

Al respecto Echegaray señaló que la Secretaría de Minería dejó sin efecto las autorizaciones que tenían algunas empresas mineras y emprendimientos a las que se las consideraba beneficiadas conforme a la estabilidad emergente del artículo 8 de la mencionada Ley.

"La exención tributaria -afirmó- quedó sin efecto y la Aduana recobra la autoridad para exigir a las empresas el pago de los derechos de exportación que establece el régimen general, desde el año 2002 para estas operaciones: alícuotas del 5 ó 10 por ciento según la posición arancelaria que se pretenda exportar".

Técnicamente el cuadro de situación es este, otra interpretación es desconocer los aspectos propios de la operatoria, o lo que es peor, ignorar la mecánica normativa del comercio exterior y el control aduanero", concluyó Echegaray.

Anoche la CAEM distribuyó un comunicado expresando que "en caso de existir una norma sancionada de acuerdo a derecho que no se haya divulgado apropiadamente" se "vulnera la estabilidad jurídica y desjerarquizan el precepto constitucional de la publicidad de los actos de Gobierno".

La CAEM agrega que " esta acción de funcionarios administrativos resulta a todas luces ilegítima, y no se basa en normativa vigente alguna".

Las empresas que consideran afectada su estabilidad fiscal por la nueva disposición de la Aduana argentina son Bórax Argentina S.A., Procesadora de Boratos Argentinos S.A., Minera del Altiplano FMC y Minera Alumbrera Ltd.

Fuente: Télam