La ministra de Trabajo, Raquel “Kelly” Olmos, llevó tranquilidad a algunas pymes al anunciar que las micros, pequeñas y hasta medianas empresas contarán con dos opciones que ofrece el Estado para pagar el bono de $24.000 que anunció en la víspera el Gobierno.
En caso de que sea una "micro, pequeña o hasta mediana empresa tramo 1 podrán transferir el 50% del costo al Estado como parte del anticipo del impuesto a las Ganancias", señaló la titular de la cartera de Trabajo al esbozar la primera opción.
Asimismo, Olmos ratificó que la suma fija para que los ingresos de los trabajadores en blanco no queden por debajo de la inflación “debe pagarse por parte de las respectivas patronales”, con la mencionada excepción.
En medio de la pérdida del poder adquisitivo a causa una inflación que acumuló un alza del 76,6% en diez meses (entre enero y octubre), según el último informe del INDEC, el Gobierno anunció un bono de $ 24 mil para diciembre destinado a aquellos empleados en relación de dependencia que cobren hasta 185 mil pesos.
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"Un refuerzo de fin de año que establece el Ejecutivo para cuidar a los que están más postergados", señaló Olmos en declaraciones a Fernando Llorente por la AM 990 y citada por NA.
Según la ministra, "la puerta del convenio bilateral está abierta permanentemente" para que trabajadores y patrones negocien un refuerzo fuera del anuncio.
Segunda opción para pagar el bono
Además, dijo que en caso "de tener dificultades" la empresa "también puede presentarse ante el Estado en el marco del REPRO (Programa de Recuperación y Sostenimiento Productivo)".
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"Hay una obligación que establece el Estado bajo las condiciones que hemos determinado, pero luego están esas dos alternativas", agregó Olmos.
La ministra de Trabajo marcó que "si el Estado no está presente o no establece algún incentivo para contribuir a la situación de los que están más atrasados desde el punto de vista de los ingresos entonces el Estado es insensible".
"Siempre en la relación laboral está la condición del acuerdo entre las partes, pero hay obligaciones que son del sistema normativo y esta (por el bono) es una", advirtió.
¿Cómo se categoriza una pyme?
Las pymes se categorizan según su facturación, número de empleados y actividad que desarrolla. Por ejemplo, en caso de que el total de facturación anual indique una categoría y el personal empleado otra, ahí se considera la categoría más elevada.
Se considera pyme a una empresa siempre y cuando el total de lo facturado anualmente no supere los siguientes topes según la actividad que desarrolla:
Micro
- Construcción: tope de $38.830.00
- Servicios: Tope de $20.190.000
- Comercio: Tope de 113.610.000
- Industria o minería: tope de $82.730.000
- Agropecuario: tope de $47.300.000
Pequeña
- Construcción: tope de $230.400.000
- Servicios: Tope de $121.730.000
- Comercio: Tope de $809.300.000
- Industria o minería: tope de $618.160.000
- Agropecuario: tope de $174.230.000
Mediana (tramo 1)
- Construcción: tope de $1.285.490.000
- Servicios: Tope de $1.007.530.000
- Comercio: Tope de $3.846.790.000
- Industria o minería: tope de $4.399.660.000
- Agropecuario: tope de $1.025.360.000
Mediana (tramo 2)
- Construcción: tope de $1.928.020.000
- Servicios: Tope de $1.438.900.000
- Comercio: Tope de $5.495.450.000
- Industria o minería: tope de $7.046.710.000
- Agropecuario: tope de $1.626.290.000
Con información de Calim (Calculo mis impuestos).
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