Todos aquéllos que se encuentran cerca de la edad jubilatoria suelen tener dudas respecto de los aportes de los que disponen, o bien no tienen en claro todos los requisitos que establece la Ley para llegar a jubilarse. Aquí respondemos algunas de esas preguntas que son frecuentes entre los que están en la franja de la tercera edad.
Vale recordar que, entre los requisitos fundamentales para jubilarse las mujeres pueden hacerlo a partir de los 60 años y los hombres a partir de los 65 años (algunos regímenes permiten que se jubilen antes de esta edad, por ejemplo construcción, choferes, maestras , etc), y deben contar con 30 años de aportes.
Sin embargo, si por alguna razón no llegan a completar esos 30 años de aportes existen moratorias vigentes.
1) ¿Qué les pasa a los que no tienen todos los aportes?
Los que no llegan a cumplir con los 30 años de aportes, hoy hay moratorias vigentes:
- La LEY 24476 que abarca hombres y mujeres, en esta se pueden regularizar aportes desde los 18 años de la persona, hasta el año 1993 y
- la LEY 26970 que abarca solo mujeres hasta 65 año de edad, que regulariza desde los 18 años de la persona, hasta el año 2003.
Jubilados y pensionados: cómo nombrar un apoderado para trámites o para cobrar haberes
Para acceder a estas moratorias se realiza una evaluación socio económica.
2) ¿Cómo ver los aportes?
Para eso se puede ingresar a la pagina de ANSES, crear la Clave de seguridad social y dentro de la misma corroborar los aportes y si se necesitan comprar años en alguna moratoria.
El programa de reconocimiento para tareas de cuidado
Recientemente, Anses dispuso que 300.000 mujeres puedan jubilarse.
Hasta hace unos meses ese grupo de mujeres no llegaba a jubilarse, con lo cual el gobierno dio a conocer un nuevo beneficio para las madres que es el reconocimiento por tareas de cuidado.
Este beneficio propone computar un año de aporte por cada hijo que haya tenido, dos años si el hijo es adoptado, y adicionales de 1 año si el hijo tiene discapacidad y dos años si cobro AUH durante 12 meses.
ANSES y los aportes por hijo: cómo será el trámite y quiénes podrán acceder
De esta manera, a partir de ahora es bastante posible jubilarse para las mujeres, aunque queda un universo de ellas que aún con todos estos beneficios, no puede cumplir con los requisitos.
De todos modos, existe otro modo de generar aportes que permitan la jubilación.
Este beneficio es tanto para hombres como mujeres. Pueden realizar mensualmente un aporte al Monotributo Social que les permita completar los 30 años para poder jubilarse.
3) ¿Qué es el monotributo social y quiénes pueden inscribirse?
El monotributo social permite registrar un nuevo emprendimiento y conjuntamente se pueden realizar aportes jubilatorios además de tener una obra social.
Pueden inscribirse las personas que tengan una actividad independiente o que trabajando en relación de dependencia no tengan un ingreso mayor a un haber jubilatorio mínimo, hoy $25922.
4) ¿Cuáles son los requisitos?
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Contar con un ingreso bruto anual inferior a $282.444,69.
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Ser propietario de hasta 2 bienes inmuebles, siempre que uno de ellos se encuentre afectado al emprendimiento productivo.
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Ser propietario de hasta un máximo de 3 bienes muebles registrables.
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No ser profesional universitario en ejercicio de tu profesión como actividad económica.
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No ser empleador ni titular de acciones o cuotas partes de sociedades comerciales.
Además, este tipo de régimen es compatible con el cobro de AUH Y AUE, jubilaciones y pensiones, además de programas de inclusión del Ministerio de Desarrollo Social.
5) ¿Cómo realizar el trámite?
Directamente desde cualquier dispositivo que tenga internet, ingresando a Mi ANSES, con CUIL y clave de la seguridad social.
En el siguiente link está disponible el Instructivo de solicitud de Monotributo Social a través de Mi ANSES.
Una vez registrado como Monotributista Social se deberá abonar la cuota con la credencial de pago del 1 al 20 de cada mes.
* Abogada especialista en temas laborales y **Abogada especialista en temas previsonales; columnistas de Crónica TV