ECONOMIA
Actualización

Cuáles son los nuevos montos de facturación para que una empresa sea pyme

La resolución 69/2020 indica los montos máximos de facturación para que una firma sea considerada micro, pequeña o mediana empresa. También establece el nuevo límite de personal ocupado por sector.

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Una fábrica de muebles en Santa Fe volvió a producir bajo protocolo por Covid-19 | Gentileza Valenziana

El Gobierno nacional actualizó este miércoles 24 de junio, de modo oficial, los montos anuales de facturación que determinan que una empresa pueda ser considerada micro, pequeña o mediana, según el sector al cual pertenezca.

La decisión se formalizó por medio de la resolución 69/2020 de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores, dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo, publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

Los montos máximos están divididos en cinco categorías:

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  1. Comercio,
  2. Industria y Minería,
  3. Construcción,
  4. Servicios y
  5. Agro.

Para determinarlos, la reglamentación se basa en las especificidades propias de los distintos sectores y regiones del país y con base en alguno, algunos o todos los siguientes atributos: personal ocupado, valor de las ventas y valor de los activos aplicados al proceso productivo.

 

De acuerdo a lo dispuesto con la resolución 69/2020:

  • En Comercio se considera micro empresa la que factura hasta $36.320.000 al año; pequeña hasta $247.200.000; mediana tramo 1 hasta $1.821.760.000 y mediana tramo 2 hasta $2.602.540.000.
  • En Industria y Minería, una micro empresa es la que factura hasta $33.920.000 al año; pequeña hasta $243.290.000; mediana tramo 1 hasta $1.651.750.000 y mediana tramo 2 hasta $2.540.380.000.
  • En Construcción, es micro empresa la que factura hasta $19.450.000 al año; una pequeña es hasta $115.370.000; una mediana tramo 1 $643.710.000 y una mediana tramo 2 hasta $965.460.000.
  • En Servicios, una micro empresa debe facturar hasta $9.900.000 al año; una pequeña hasta $59.70.000; una mediana tramo 1 hasta $643.710.000 y una mediana tramo 2 hasta $965.460.000.
  • En el sector Agropecuario, una micro empresa es aquella que factura hasta $17.260.000 al año; una pequeña hasta $71.60.000; mediana tramo 1 hasta $426.720.000 y mediana tramo 2 hasta $676.810.000.

Cabe recordar que las empresas que se ubiquen dentro de estos parámetros podrán acceder a los beneficios que brinda la Ley Pyme, entre otros: alivio en materia administrativa y fiscal, estímulos financieros, acceso a créditos y fomento de inversiones.

Por otra parte, la nueva resolución establece que el nuevo límite de personal ocupado -por sector- será el siguiente:

  • Construcción: micro empresas hasta 12 empleados; pequeña hasta 45; mediana tramo 1 hasta 200 y mediana tramo 2 hasta 590.
  • Servicios: micro empresas hasta siete personas; pequeñas hasta 30; medianas tramo 1 hasta 165 y medianas tramo 2 hasta 535.
  • Comercio: micro empresas hasta siete personas; pequeñas empresas hasta 35; mediana tramo 1 hasta 125 y mediana tramo 2 hasta 345.
  • Industria y Minería: micro empresas hasta 15 personas; pequeñas hasta 60; medianas tramo 1 hasta 235 y medianas tramo 2 hasta 655.
  • Agro: micro empresas hasta cinco personas; pequeñas hasta 10; medianas tramo 1 hasta 50 y medianas tramo 2 hasta 215 trabajadores.

 

LR/FF