ECONOMIA
Jubilados y pensionados

Cuándo se necesita receta duplicada en PAMI y qué documentos hay que presentar en la farmacia

El PAMI informó sobre las exigencias para el retiro de medicamentos en farmacias, distinguiendo los requisitos entre CABA y provincia de Buenos Aires, el manejo de psicofármacos y los plazos de vencimiento.

Cada vez hay más padres e hijos jubilados, según el PAMI.
Cada vez hay más padres e hijos jubilados, según el PAMI. | REPERFILAR

El Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI) precisó las normativas vigentes respecto a la validez y presentación de recetas para la adquisición de remedios. En el caso específico de los psicofármacos, la receta duplicada resulta obligatoria. Sin embargo, el formato requerido varía de acuerdo al territorio en el que se realice la prescripción.

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Para los afiliados que se atiendan en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), el profesional de la salud tiene que emitir e imprimir una receta común blanca. En tanto, en la provincia de Buenos Aires, el duplicado se debe confeccionar en una receta rosa física emitida por el médico prescribiente. En ambos distritos, la orden en soporte físico tiene que acompañarse obligatoriamente con la receta electrónica (blanca) de PAMI.

Por otra parte, para el retiro efectivo de remedios en las farmacias, los beneficiarios deben presentar su DNI junto con la credencial de PAMI en cualquiera de sus formatos vigentes. En el caso de medicamentos especiales, tales como tratamientos oncológicos, antirretrovirales y psicofármacos, se solicita de manera adicional la receta impresa y firmada por el médico.

Paro de médicos de cabecera del Pami 13042026

Plazos de vencimiento en tratamientos crónicos y activación de recetas celestes

Respecto a la atención de patologías crónicas, el organismo aclaró que no es posible utilizar una misma prescripción para retirar medicamentos durante meses consecutivos. Las recetas electrónicas cuentan con un plazo de validez de 30 días, por lo que resulta indispensable disponer de una nueva orden por cada período mensual.

Para facilitar el seguimiento de estos tratamientos, el profesional médico puede expedir las prescripciones de los meses siguientes durante una misma consulta mediante la modalidad de postdatado. De este modo, el jubilado o pensionado queda habilitado para obtener la cobertura de sus remedios por un lapso de dos o tres meses consecutivos sin necesidad de concurrir mensualmente al consultorio.

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En lo relativo al formato de las órdenes, PAMI remarcó que únicamente las recetas manuales celestes requieren un proceso de activación previo a su presentación. El estado de las mismas se puede consultar a través del validador de recetas manuales. En caso de detectar que una orden celeste no figura activa, el afiliado debe solicitarle a su médico que verifique la habilitación del talonario correspondiente.

GZ / lr