El Gobierno amplió el alcance del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) sobre el sector ferroviario con el objetivo de facilitar el ingreso de capitales privados para renovar una red que, según reconoció el propio Ejecutivo, presenta un fuerte deterioro y requiere inversiones para recuperar y ampliar su capacidad operativa.
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La modificación quedó establecida mediante el Decreto 748/2026, publicado este martes 18 de agosto en el Boletín Oficial, y apunta principalmente a aclarar qué tipo de intervenciones sobre infraestructura ferroviaria ya existente pueden ser consideradas proyectos de inversión alcanzados por el régimen.
Hasta ahora, la reglamentación del RIGI incluía dentro del sector de infraestructura la construcción de estructuras y redes vinculadas con la logística y el transporte ferroviario. Sin embargo, la nueva norma amplió expresamente el concepto de "construcción" para incorporar también la renovación, sustitución, transformación o desarrollo de infraestructura existente, además de las instalaciones accesorias necesarias para el funcionamiento del sistema.
De esta manera, el Ejecutivo busca dar mayor previsibilidad al encuadre de proyectos que no parten desde cero, sino que apuntan a recuperar o modernizar instalaciones ferroviarias que ya forman parte de la red.

Qué obras ferroviarias podrán entrar al RIGI
La modificación contempla un amplio abanico de inversiones. Entre ellas aparecen la construcción de nuevas trazas, la duplicación de vías sobre corredores existentes, la renovación de vías y la rehabilitación de ramales actualmente fuera de operación cuando impliquen incorporar nueva infraestructura.
También podrán quedar comprendidas la renovación integral de puentes, alcantarillas y otras obras ferroviarias, junto con proyectos de señalamiento automático o semiautomático, telecomunicaciones y sistemas de energía asociados directamente al funcionamiento de los trenes.
El decreto suma además la electrificación de trazas, la instalación de sistemas de protección activa en pasos a nivel y la construcción de cruces a distinto nivel.
La decisión tiene además un componente directamente relacionado con el transporte de cargas. El nuevo encuadre admite inversiones en nodos logísticos, puertos secos, centros de desconsolidación y transferencia de mercadería y playas de maniobra, intercambio y clasificación, infraestructura clave para conectar la producción con puertos y centros de consumo.
No todas las intervenciones sobre la red, sin embargo, podrán acceder al régimen. El Ejecutivo estableció una diferencia entre las obras que implican una transformación de la infraestructura y aquellas destinadas únicamente a conservarla: las tareas de mantenimiento y conservación ordinarias quedaron excluidas.
El requisito para renovar una infraestructura ya existente
Otro de los cambios relevantes del Decreto 748/2026 tiene que ver con los proyectos ferroviarios que ya existen y que no habían adherido previamente al RIGI.
Para que una inversión sea considerada una “ampliación de un proyecto preexistente”, deberá generar un aumento verificable de la capacidad de transporte de la infraestructura sobre la cual se realicen las obras.
Es decir, no alcanzará únicamente con realizar una inversión sobre una vía, ramal o instalación ya construida. El proyecto deberá demostrar que, una vez ejecutadas las obras, la infraestructura puede transportar una mayor cantidad de pasajeros o cargas que antes.
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Para determinarlo, el Gobierno dispuso que ese incremento deberá medirse de manera cuantitativa mediante parámetros técnicos objetivos, comparando la capacidad previa con la resultante de la inversión.
De esta forma, el Ejecutivo intenta establecer una frontera más precisa entre una obra de mantenimiento —que no estará alcanzada— y una inversión que represente una ampliación o transformación efectiva de la infraestructura ferroviaria.
El Gobierno busca capital privado para una red deteriorada
En los fundamentos del decreto, el Ejecutivo reconoció que buena parte de la red ferroviaria argentina fue construida hace décadas y actualmente presenta “condiciones de deterioro y de desgaste” que afectan su capacidad operativa. Frente a este escenario, planteó la necesidad de ejecutar inversiones para renovar, transformar y desarrollar la infraestructura.
La infraestructura ya estaba contemplada entre los sectores habilitados por el RIGI creado a través de la Ley Bases. La modificación publicada este martes no incorpora, por lo tanto, a los ferrocarriles como un sector completamente nuevo, sino que amplía y precisa qué inversiones ferroviarias pueden ser consideradas dentro del régimen, especialmente cuando se realizan sobre activos preexistentes.
La medida fue firmada por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Diego Santilli, y el ministro de Economía, Luis Caputo, y comenzó a regir este mismo martes con su publicación en el Boletín Oficial.
FN