ECONOMIA
Suma fija

Empleados de Casas Particulares: cómo calcular el bono y los pasos para pedir el reintegro

Mediante la Resolución 1136/2023, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, se estableció el procedimiento para solicitar el reintegro del pago por la suma fija al personal de casas particulares. Quiénes pueden pedirlo.

Personal doméstico
Personal doméstico | Agencia Shutterstock

El Ministerio de Trabajo estableció por medio de la Resolución 1136/2023, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, la forma en que los empleadores deberán tramitar el reintegro del 50% de la suma fija destinada al personal doméstico.

La suma fija de 25.000 mil no remunerativa a los trabajadores "Régimen de Contrato de Trabajo para el personal de Casas Particulares" fue dispuesta por decreto. Se abona en dos cuotas de $12.500, con los salarios devengados de agosto y septiembre.

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Y algunos empleadores podrán solicitar el reintegro del 50% de ese monto, pero para eso deben cumplir con una serie de requisitos, entre los cuales figuran:

  • Que la relación laboral haya estado activa en agosto y septiembre para el reintegro de las dos cuotas de la asignación no remunerativa. En el caso que haya estado activa en agosto y no en septiembre, solo se reintegrará la primera cuota.
  • Que se encuentre previamente registrado el pago de la asignación no remunerativa establecida mediante el Decreto Nº 438/2023.
  • No haber estado alcanzado por el impuesto de Bienes Personales en el ejercicio fiscal 2022.
  • No encontrarse en el Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL).
  • No tener ingresos mayores a $1.500.000 netos en agosto de 2023, por empleador.

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Además, el Ministerio de Trabajo dispuso que el monto total de la asignación no remunerativa será calculado sobre los salarios devengados en agosto y septiembre abonado en dos cuotas iguales, debiendo los empleadores que requieran el reintegro presentar la solicitud para cada una de ellas.

Cómo solicitar el reintegro del pago de la suma fija a los empleados de casas particulares

Para solicitar el reintegro, los empleadores deberán llenar en cada mes la presentación de la siguiente documentación:

  • Declaración jurada del monto abonado en concepto de asignación no remunerativa y fecha de pago.
  • Recibo de pago de la asignación no remunerativa firmado de conformidad por la trabajadora o el trabajador, o en su caso recibo de sueldo del trabajador o de la trabajadora con la inclusión del monto de la asignación no remunerativa.
  • Datos de la cuenta bancaria a nombre del empleador o la empleadora, identificando su correspondiente Clave Bancaria Uniforme (CBU).
  • Declaración Jurada de ingresos netos percibidos en agosto de 2023 por el empleador o la empleadora y fuente de los mismos.
  • Declaración Jurada de la cantidad de horas trabajadas por el trabajador o la trabajadora sujeta al "Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares" en agosto.
  • Lugar de residencia del empleador o de la empleadora.

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Además, se deberá presentar la solicitud del reintegro de cada cuota en los siguientes períodos:

  • Primera cuota de la asignación no remunerativa correspondiente al salario devengado en agosto: entre el 25 y el 29 de septiembre de 2023.
  • Segunda cuota correspondiente al salario devengado de septiembre: entre el 2 al 8 de octubre de 2023.

Dónde pedir el reintegro de la suma fija pagada a los empleados de casas particulares

Tal como indica la Resolución, la solicitud deberá realizarse a través del portal web de AFIP en la solapa de "Casas Particulares", opción "solicitud reintegro de asignación no remunerativa – Decreto Nº DECNU-2023-438-APN- PTE¨

Cómo calcular el bono de empleadas de casas particulares

Vale recordar que en el caso de la suma fija a empleadas de casas particulares, el monto del bono es variable y depende de la cantidad de horas trabajadas.

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Quien trabaja la jornada completa, cobrará el extra completo de $25.000 de esta forma:

  • $12.500 en septiembre.
  • $12.500 en octubre.

Pero, quienes trabajen jornadas parciales, deben multiplicar la cantidad de horas de la jornada laboral por $25.000 (el monto de la suma fija) y, luego, dividir por 8 (que representa la jornada completa de referencia).

Con este cálculo, los montos quedarían de la siguiente manera:

Por ejemplo, en el caso de una jornada de trabajo de 4 horas, el cálculo sería el siguiente:

  • (4 horas x $25,000) / 8 = $12.500

El pago se efectuará en dos cuotas de $6.250 (septiembre y octubre).

 

LR/ff