ECONOMIA
Plazos especiales

Incendios: AFIP implementó medidas de alivio fiscal para los afectados en Corrientes y Misiones

Las prórrogas son de hasta nueve meses. Entre los impuestos alcanzados por la medida están los de bienes personales, valor agregado y el de las ganancias.

corrientes
Incendios en Corrientes. El Instituto de Tecnología Agropecuaria (INTA) informó que en apenas dos meses ardieron 785.000 hectáreas. | AFP

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) instrumentó medidas extraordinarias de alivio fiscal para los contribuyentes cuyas actividades económicas se encuentran severamente afectadas por los incendios en las provincias de Corrientes y Misiones.

Los plazos especiales para el cumplimiento de obligaciones fiscales por parte de aquellos contribuyentes y responsables son prórrogas de hasta 9 meses. La presentación y/o el pago de las obligaciones con vencimientos originales fijados durante los meses de marzo a diciembre de 2022, pasarán para los meses de enero a mayo de 2023.

A su vez los impuestos alcanzados por la medida son los anticipos de los impuestos a las ganancias, sobre los bienes personales, al valor agregado, del fondo para la educación y promoción cooperativa, así como para las obligaciones correspondientes a las contribuciones de la seguridad social, al régimen previsional de trabajadores autónomos y al monotributo.

Esto no les gusta a los autoritarios
El ejercicio del periodismo profesional y crítico es un pilar fundamental de la democracia. Por eso molesta a quienes creen ser los dueños de la verdad.
Hoy más que nunca Suscribite

Los incendios generaron pérdidas por US$ 50 millones en la industria forestal

Por otro lado, las suspensiones de las intimaciones, de la iniciación de los juicios de ejecución fiscal y de trabas de embargos tendrán como fecha límite el 31 de diciembre de 2022.

Cuando se trate de ejecuciones fiscales iniciadas con anterioridad a la entrada en vigencia de la normativa de la AFIP, las mismas serán paralizadas. En caso que se hubieren trabado embargos sobre fondos y/o valores de cualquier naturaleza, el organismo arbitrará los medios para el levantamiento de la medida cautelar, sin transferencia de las sumas efectivamente incautadas, las que quedarán a disposición del contribuyente.

Por último otras de las medidas adoptadas por la AFIP tienen que ver con:

  • No iniciar el proceso de caducidad por falta de cancelación de cuotas de los planes de pago realizados por contribuyentes afectados hasta el 31 de diciembre de 2022.
  • Extender la feria fiscal extraordinaria hasta el 31 de diciembre de 2022.
  • Y la refinanciación de aquellos planes de facilidades de pago que se encuentren vigentes.