ECONOMIA
Nuevos topes

Monotributo AFIP: cómo saber si me tengo que recategorizar en julio

Ciertos parámetros contemplados en los últimos 12 meses, permiten evaluar la categoría en la que corresponde estar dentro del monotributo. Cómo quedan los nuevos topes de facturación.

El Gobierno avanzó en una suba del 41,5% en los topes de facturación del monotributo.
El Gobierno avanzó en una suba del 41,5% en los topes de facturación del monotributo. | Reperfilar

El gobierno nacional formalizó el aumento del 41% en las escalas del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, conocido como monotributo, a partir de julio de este 2023, a través del decreto 315/2023.

Quienes están inscriptos en este régimen y cuyos ingresos en los últimos doce meses hayan superado o sean inferiores a los de la categoría en la que están anotados deberán recategorizarse dentro del régimen.

El trámite podrá hacerse a partir del 1 de julio y estará vigente hasta el 20 de julio.

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Monotributo: los nuevos topes de facturación que regirán desde julio

Para establecer a qué categoría del régimen corresponde cada contribuyente, se debe aplicar una tabla que comienza a regir el 1 de julio de 2023. 

El pago del componente impositivo se realizará, tal como es habitual, el 20 de ese mes.

¿Quiénes no tienen que recategorizarse?

Aquellos monotributistas que mantengan la misma categoría, no deberán hacer nada.

Grupos ágiles de trabajo
El pago del monotributo de julio opera el día 20 de ese mes.

 

Además, si transcurrieron menos de 6 meses de la inscripción en el monotributo no corresponde hacer la recategorización.

La ley de Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes y Autónomos estableció la exención del componente impositivo de la obligación mensual para los pequeños contribuyentes registrados en las categorías A y B, siempre que perciban la totalidad de sus ingresos a través del monotributo.

Esto quiere decir que no deben tener un trabajo en relación de dependencia ni cobrar una jubilación, estar inscriptos en el Régimen General como IVA exentos, ejerciendo el rol de directores o administradores de sociedades y tampoco perciban rentas financieras o ingresos por alquileres.

¿Quiénes deben presentar las Declaraciones Juradas de Ganancias y Bienes Personales?

Hoy por hoy existen 4.781.614 de monotributistas, de los cuales la mayoría pertenece a la menor categoría de facturación.

  • 2.894.352 pertenecen a la categoría A;
  • 642.137 a la B;
  • 359.565 a la C;
  • 350.964 a la D;
  • 180.989 a la E;
  • 185.074 a la F;
  • 107.562 a la G;
  • 49.608 a la H;
  • 7.471 a la I;
  • 2.575 a la J; y
  • 1.317 a la K.

Impuesto a las ganancias: cuáles son las nuevas exenciones

A partir del 1 de julio de 2023, los parámetros de ingresos brutos anuales serán:

  • para la categoría A pasarán de $ 999.657,23 a $ 1.414.762,58;
  • en la B de $ 1.485.976,96 a $ 2.103.025,45;
  • en la C de $ 2.080.367,73 a $ 2.944.235,60;
  • en la D de $ 2.583.720,42 a $ 3.656.604,33;
  • en la E de $ 3.042.435,05 a $ 4.305.799,15; y
  • en la F de $ 3.803.043,82 a $ 5.382.248,94
  • en la categoría G subirá de $ 4.563.652,57 a $ 6.458.698,71;
  • en la la H de $ 5.650.236,51 a $ 7.996.484,11;
  • en la I de $ 6.323.918,55 a $ 8.949.911,06;
  • en la la J de $ 7.247.514,92 a $ 10.257.028,68; y
  • en la K de $ 8.040.721,19 a $ 11.379.612,01.

Además se estableció que deberán considerarse los nuevos valores para la recategorización correspondiente al primer semestre de 2023.

Nuevas escalas de monotributo 20230607

 

¿Cómo saber si estoy en la categoría de monotributo correcta?

 Para evaluar la categoría en la que corresponde estar dentro del monotributo, hay que considerar los siguientes parámetros en relación a los últimos 12 meses:

  • Los ingresos brutos acumulados.
  • La energía eléctrica consumida
  • Los alquileres devengados y/o la superficie afectada a la actividad.

Luego, se deben cotejar estos valores con la tabla de categorías del monotributo vigente para saber cuál le corresponde al contribuyente.

5 breves pasos para recategorizarse en el monotributo

El procedimiento es el siguiente:

1) Ingresar al portal Monotributo

Utilizar CUIT y clave fiscal.

2) Seleccionar la opción "recategorizarme" y automáticamente el sistema informará la categoría actual del contribuyente y los topes de cada parámetro de esa categoría.

3) Seleccionar "continuar recategorización".

4) Luego, se debe ingresar información sobre el monto facturado en los últimos 12 meses. Con estos datos el sistema determina la nueva categoría correspondiente y se confirma en la opción "confirmar categoría".

5) Finalmente, se deberá imprimir la nueva credencial.

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