El Gobierno de la provincia de Buenos Aires oficializó este jueves la ampliación del Programa Preservar Trabajo, al facilitar el acceso y sumar nuevas actividades económicas.
El objetivo del Programa es sostener las fuentes de trabajo con la ayuda del pago de salarios a trabajadores de micro y pequeñas unidades productivas, en sectores de la actividad económica particularmente afectados por la pandemia y las restricciones.
Ahora, a través de la Resolución 65 publicada este jueves en el Boletín Oficial bonaerense, el Ministerio de Trabajo provincial incorporó a la iniciativa una serie de actividades económicas como potenciales beneficiarias y eliminó incompatibilidades para su acceso.
Así, con la ampliación dispuesta y tomando en cuenta la actividad económica y la facturación del emprendimiento, ya no será un motivo de exclusión para las pequeñas y medianas empresas haber recibido un subsidio del Gobierno nacional a través del programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP)
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Además, el beneficio será compatible con el "Programa de Sostenimiento Económico de Actividades Afectadas por la Pandemia", del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica de la Provincia.
Qué es el Programa Preservar Trabajo y en qué consiste
El Programa consiste en la asistencia de hasta un 50% de un salario mínimo, vital y móvil a los trabajadores de micro y pequeñas empresas de hasta 80 trabajadores, y a socios de cooperativas.
El Poder Ejecutivo bonaerense aclaró que el beneficio no será compatible con el cobro en simultáneo del actual Programa de Recuperación Productiva (Repro II).
En todos los casos, se mantienen los requisitos vigentes: que los trabajadores se encuentren debidamente registrados y que la empresa cuente con inscripción ante la AFIP y la Agencia de Recaudación Bonaerense (ARBA).
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Las empresas también deben estar inscriptas en la plataforma ActiBa del Ministerio de Producción bonaerense.
Cuáles son las actividades que se sumaron a Preservar Trabajo
Entre las actividades que se incorporaron se encuentran:
- fabricación y venta de productos de panadería,
- edición e impresión,
- fabricación de muebles,
- elaboración de cervezas,
- fabricación de juguetes y/o artículos de librería,
- fabricación y/o reparación de maquinarias,
- curtido y cueros y
- aquellas vinculadas con el transporte.
Según lo dispuesto, las empresas que formen parte de actividades muy perjudicadas por la emergencia sanitaria, como el entretenimiento o el turismo, podrán aplicar en forma directa.
Aquellas que integran sectores como gastronomía o estética, y hayan recibido ATP durante 2020, tendrán que acreditar una caída real de la facturación igual o mayor al 20% respecto de 2019 para su ingreso directo al Programa oficial.
Otros sectores afectados, como venta de automotores o comercios especializados, sólo podrán recibir el beneficio si no recibieron un Programa similar desde el inicio de la pandemia.
La Resolución se visualiza en la página 37.
LR