Desde Ginebra, Suiza – La «Misión Internacional independiente de determinación de los hechos sobre Venezuela», compuesta por tres expertos independientes mandatados por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU para investigar las violaciones de los derechos humanos cometidas por el gobierno de Nicolás Maduro, acaba de publicar su sexto informe sobre la represión, desde el 28 de julio de 2024 hasta el 31 de agosto de 2025. La represión sin castigo no cesa y continua impune. (1)
La metodología imperante en la ONU para estos casos es utilizar «el estándar de prueba» que obedece a tener motivos razonables para creer, sobre la base de independencia, imparcialidad, objetividad, transparencia, integridad y el principio de no hacer daño, a fin de alcanzar conclusiones sobre los hechos investigados, tratándose de expertos que no cobran sueldo, solo viáticos para sus misiones, no son funcionarios de la ONU, y actúan de acuerdo a su conciencia.
La Misión sufrió las consecuencias de la crisis financiera que impera en la ONU, tras los recortes de la ayuda humanitaria resuelta por el gobierno de Donald Trump, suprimiendo el 25% de su contribución. «De 11 puestos asignados la Misión contó con 8, de los cuales solo 3 permanecieron durante todo el año. Los 5 investigadores se redujeron a 2. La asesora de genero solo trabajó 3 meses y la legal 5 meses. Y tuvo 1 «oficial de reporte» para editar por 4 meses. (2)
«En el marco de las protestas postelectorales de 2024, la represión se saldó con la muerte de 25 personas y la detención de más de 2.220, junto con la comisión de desapariciones forzadas, algunas de corta duración, torturas, tratos crueles, inhumanos o degradantes, y violencia sexual y de genero». No obstante las «excarcelaciones y liberaciones de» prisioneros, «las detenciones arbitrarias continuaron de manera sistemática contra opositores o percibidos como tales». (3)
Durante el periodo analizado, se observaron «graves violaciones de los derechos humanos, en torno a muertes bajo custodia del Estado, oleadas de detenciones, incluidas en régimen de incomunicación y aislamiento prolongados, privaciones de libertad en lugares clandestinos, torturas, actos de violencia sexual y de genero», particularmente «en conexión con las elecciones presidenciales, continuando el trabajo iniciado al final de su anterior ciclo de investigación». (4)
«El número creciente de manifestaciones populares contra los resultados anunciados por el Consejo Nacional Electoral desataron un proceso de detenciones masivas bajo dos modalidades: por un lado, indiscriminadas, durante las mismas protestas o al cabo de ellas, y, por otro, selectivas en enmarco de la operación Tun Tum. En este último caso se detuvo opositores no identificados como tales, por haber participado en protestas o por criticar al Gobierno». (5)
«Las personas detenidas fueron recluidas en centros de detención transitoria. Cuando estos fueron rebasados en su capacidad, las autoridades montaron carpetas de investigación sobre la base de criticas reales o ficticias al gobierno, sobre todo por redes sociales o de mensajería, denuncias de los grupos asociados al régimen («patriotas cooperantes»), o la participación en protestas». Las autoridades reconocieron que había detenido, como se ha dicho, a 2.200 personas. «La misión registró la detención de al menos 218 niños, niñas y adolescentes». (6)
«Entre enero y agosto de 2025, la Misión documentó 200 detenciones. La maquinaria represiva del Estado se activo especialmente alrededor de la toma de posesión presidencial del 10 de enero, cuando la Misión documentó 84 detenciones (67 hombres y 17 mujeres), y durante el proceso de las elecciones del 25 de mayo, 42 detenciones (34 hombres y 8 mujeres). Entre ambos eventos», se añadieron 74 detenciones (54 hombres y 20 mujeres). (7)
«En los centros de detención, las personas privadas de libertad no pudieron comunicarse con familiares o abogados ni fueron informadas sobre los cargos en su contra». Algunas fueron fotografiadas «con elementos incriminatorios que, según las fuentes consultadas, no poseían en el momento de la detención, y se las sometió a interrogatorios sin asistencia legal…» (8)
«Las audiencias no fueron públicas. La mayoría se celebraron por WhatsApp. Algunas, de noche o de madrugada, desde centros de detención o en tribunales de otros Estados, frente a jueces, fiscales y defensores públicos localizados en Caracas. Las personas procesadas no pudieron ver, escuchar, entender ni preguntar a los operadores de justicia, ni siquiera interactuar, antes o durante la audiencia, con los defensores públicos que les fueron impuestos… En esas condiciones», se los condenó por «terrorismo, incitación al odio e instigación a delinquir». (9)
Salvo el caso Carlos Correa, «los detenidos no pudieron nombrar abogado de confianza… ya sea por decisión judicial o por obstáculos para tramitar nombramientos impuestos por los» guardianes de los lugares de cautiverio, lo que tuvo «graves impactos sobre los derechos de los imputados, dado que en varios casos, los defensores públicos tampoco se comunicaron con ellos, ni con sus familiares…», sin que pudieran «consultar los expedientes judiciales». (10)
A su vez, los expertos de la ONU revelan «el uso alarmante de la detención en incomunicación desde el primer momento de la detención… o como castigo». Verificaron que 26 detenidos estuvieron «incomunicados por semanas o meses, lo que puede calificarse… como tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, dependiendo de las circunstancias». (11)
«A partir de fuentes oficiales, la Misión estima que el número de personas extranjeras detenidas podría alcanzar entre 120 y 150 personas, de los cuales ha logrado documentar 84 casos (81 hombres y 3 mujeres). Fueron identificadas», entre otras instancias gubernamentales, por «el Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME)», constituyendo una violación «de la Convención de Viena sobre las Relaciones Consulares». (12)
Respecto a niños, niñas y adolescentes (NNA), «a partir del 15 de noviembre de 2024, y hasta marzo de 2025», fueron excarcelados 2.006, aunque con la prohibición de hacer declaraciones y presentarse periódicamente en tribunales de Caracas, «lo que supone una medida gravosa para quienes no viven» allí. «Algunos de ellos debieron firmar declaraciones en las que negaban haber sufrido lesiones en cautiverio, en su mayoría sin documentación oficial sobre el alcance de las restricciones, sabiendo que los tribunales no brindan información a los liberados». (13)
Sobre «las privaciones arbitrarias de la vida, las muertes en torno a las protestas poselectorales fueron 25. Hasta el 11 de noviembre de 2024, el Ministerio Público reconoció 28, no incluyendo en la lista 3 víctimas consideradas por la Misión, y agregó otras 6». Respecto a estas últimas, «no serían parte del mismo contexto poselectoral de incidentes fatales»: 3 ocasionadas por accidentes de tránsito vehicular, por ejemplo, un funcionario gubernamental embestido por un conductor ebrio, y otro ultimado «por un sujeto que lo amenazaba por un negocio de tierras». (14)
En síntesis, «el Estado ha mantenido su posición de que ninguna de las muertes en las protestas es atribuible a los cuerpos de seguridad, sino a la oposición política», obra «de “comanditos”, bandas criminales o delincuentes contratados por ella. Las investigaciones de la Misión no han revelado tales conexiones, teniendo “motivos razonables para creer” que el gobierno es responsable de 6 de las 14 muertes examinadas. En otras 6, “una serie de indicios apuntan en esa misma dirección”. De las 2 restantes, una se produjo por disparos provenientes desde la sede del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), la otra no ha sido aún esclarecida». (15)
En cuanto a las muertes «bajo la custodia del Estado», la Misión «ha investigado 5 casos, 4 de los cuales, detenidos en el contexto de las protestas poselectorales de 2024: 2 en las mismas manifestaciones y 2 en sus domicilios, en el marco de la Operación Tun Tun. La quinta víctima fue detenida el 9 de enero de 2025, cerca de una protesta realizada por la toma de posesión presidencial. Sus nombres y circunstancias indican que “2 murieron por ahorcamiento” en sedes militares. “Las otras 3 perecieron por el deterioro irreversible de la salud en cautiverio”». (16)
El informe de la ONU se amplía a 12 casos de desapariciones y 84 extranjeros. Los hábeas corpus interpuestos en sede judicial fueron «desprovistos de su calidad de recurso efectivo para proteger a las personas potencialmente víctimas de violaciones a los derechos a la vida, la integridad y la libertad», de este «crimen de lesa humanidad», agravado por la «obstaculización intencional de los funcionarios judiciales», consumando una grave violación, dando a los detenidos «alimentos en mal estado, con insectos», y aguas putrefactas de color «amarillo». (17)
Los casos de tortura y tratos crueles, inhumanos o degradantes fue la suerte deparada a muchos detenidos durante la crisis electoral de 2024, «que ocurrieron, especialmente, en centros transitorios de detención, como en dependencias militares, cuerpos de seguridad o de inteligencia del Estado, penitenciarías y lugares clandestinos de detención, golpeando a los detenidos por ser “guarimberas” y “terroristas”, aplicándoles “electricidad en los genitales”, y golpes con el “pulpo”, un “dispositivo metálico con varias manillas”». (18)
«Al menos 7 casos de tortura se caracterizaron por “la negación de acceso a alimentos, agua y atención médica, y si los detenidos exigían mejores condiciones, los confinaban en celdas de castigo denominadas ‘Tigrito’, un cubículo estrecho sin luz ni ventilación, o piezas de aproximadamente 2 por 2 metros, con un travesaño del cual se suspendía a los detenidos atados por las muñecas”, durante hasta 15 a 21 días continuos, “obligando a los prisioneros a dormir desnudos y eran despertados de madrugada con baldes de agua fría”». (19)
Paralelamente, la Misión constató 22 «casos de violencia sexual y basada en el género, contra mujeres, niñas y adolescentes», revelando «sexo transaccional coercitivo, requisas invasoras con desnudez forzada, violencia reproductiva y posibles actos de esclavitud sexual y/o prostitución forzada», exigiendo los sargentos hombres «a las mujeres mantener relaciones sexuales a cambio de acceso a llamadas telefónicas», según una «lista de precios», incluyendo personas LGTB. (20)
De momento, se constatan «18 detenciones de periodistas en el ejercicio de su trabajo, entre agosto de 2024 y agosto de 2025, por su consideración como personas opositoras al Gobierno, de manera real o percibida. A la fecha de este informe, 11 periodistas (10 hombres y una mujer) permanecen detenidos. Espacio Público ha registrado, entre enero y junio de 2025, unos 144 atentados a la libertad de expresión, entre los cuales 44 incidentes en el entorno digital». (21)
«La política estatal de silenciar, desalentar y sofocar a la oposición al gobierno actual de Venezuela sigue implementándose sistemáticamente, adaptándosela a las distintas circunstancias, combinando» diferentes «métodos de persecución y represión en función de los momentos y acontecimientos de mayor intención política», pudiendo definírselos como crímenes de lesa humanidad de persecución fundada en motivos políticos». (22)
De suyo concierne «conductas de alta crueldad y desprecio por las víctimas, que han ocasionado pérdidas de vidas humanas por falta de atención médica oportuna, así como actos de violencia sexual contra mujeres detenidas, incluidas contra niñas y adolescentes… Algunas violaciones han traspasado límites nacionales, como la detención de personas extranjeras de 29 Estados soberanos». Destaca «la contribución esencial del sistema de justicia para la concreción de anular a la oposición, facilitando la consumación de las graves violaciones y su encubrimiento». (23)
Desde Ginebra, Juan Gasparini
(1,2,3,4,5,6,7,8,9,10,11,12,13,14,15,16,17,18,19,20,21,22,23). Informe de la misión internacional independiente de determinación de hechos sobre la República Bolivariana de Venezuela, ONU, Ginebra, 10 de septiembre de 2025.