JUDICIALES
Causa Vialidad

Casación decide si Cristina Kirchner sigue con tobillera y en prisión domiciliaria o si va a cárcel común

Ambos recursos fueron habilitados por el Tribunal Oral Federal 2. La defensa sostiene que la tobillera no corresponde por ley. También deberá resolver si Lula Da Silva puede visitarla en su domicilio.

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Restricción. Las visitas de la exvicepresidenta en la mira. | Pablo Cuarterolo

El Tribunal Oral Federal N°2 concedió este martes dos apelaciones vinculadas a la situación de detención domiciliaria de Cristina Fernández de Kirchner: una presentada por la fiscalía, que pide cárcel común, y otra de la defensa, que cuestiona el uso de una tobillera electrónica. Además, el tribunal debe resolver si autoriza una visita del presidente brasileño Lula Da Silva.

Una de las apelaciones fue presentada por el fiscal federal Diego Luciani, quien solicitó que se revoque el beneficio de prisión domiciliaria y que la exmandataria cumpla su condena de seis años de prisión por la Causa Vialidad en una unidad penitenciaria. La otra fue interpuesta por su abogado defensor, Carlos Beraldi, quien cuestionó la decisión de colocarle una tobillera electrónica como parte del control de la prisión domiciliaria en su casa del barrio porteño de Constitución.


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Ambos planteos serán ahora revisados por la Cámara Federal de Casación Penal, máximo tribunal penal del país. La sala IV de esa instancia, integrada por los jueces Mariano Borinsky, Diego Barroetaveña y Gustavo Hornos, ya había fijado una audiencia para el próximo lunes 7 de julio por otro recurso en la misma causa, relacionado con las restricciones impuestas al régimen de visitas.

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En paralelo, el TOF2 tiene pendiente la decisión sobre una solicitud presentada por la defensa de Fernández de Kirchner, que pide autorización para que el presidente de Brasil, Luiz Inácio Lula da Silva, pueda visitarla en su domicilio.

Cristina Kirchner y Lula da Silva en una foto de un encuentro en 2016.

La defensa argumentó que la decisión sobre la tobillera electrónica se basó en una "errónea interpretación" de la normativa vigente, específicamente del artículo 33 de la Ley de Ejecución Penal. Según sostuvo, no se cumplen en este caso los supuestos que habilitan la implementación de un monitoreo electrónico.

Con esta resolución, los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso habilitaron la revisión de ambos aspectos por parte de un tribunal superior, tal como lo prevé la garantía del doble conforme.

RM/fl