El Gobierno de Javier Milei oficializó la Resolución 384/2026, firmada por el ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, que reemplaza el reglamento vigente desde 2024 y establece un nuevo procedimiento para los jueces y magistrados del Ministerio Público que quieran continuar en sus cargos después de cumplir los 75 años. La norma fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial y también se aplicará a los trámites que ya estaban en curso.
El nuevo esquema fija plazos más estrictos, mayores exigencias documentales, controles patrimoniales y fiscales y nuevas pautas de publicidad para quienes pretendan obtener un nuevo nombramiento por cinco años.
La reforma no modifica el principio constitucional: los jueces que llegan a los 75 años no pueden continuar automáticamente en sus cargos. Para permanecer en funciones necesitan un nuevo nombramiento del Poder Ejecutivo, precedido por el acuerdo del Senado. El mismo mecanismo se aplica a los magistrados del Ministerio Público, de acuerdo con sus respectivas leyes orgánicas.
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Qué deberán hacer los magistrados
Los jueces que quieran continuar en sus cargos deberán presentar el pedido durante el año anterior a cumplir los 75 años. Entre la documentación exigida figuran el DNI, el título universitario, el currículum vitae y una declaración jurada patrimonial.
También deberán acreditar su situación disciplinaria mediante un certificado que informe si existen sanciones, pedidos de juicio político, jury de enjuiciamiento o procesos de remoción en trámite.
El Ministerio de Justicia publicará la solicitud durante un día en el Boletín Oficial y permitirá consultar los antecedentes del postulante a través de su sitio web.
A esto se suma la intervención de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que deberá informar sobre el cumplimiento de las obligaciones impositivas y previsionales del magistrado.
Una vez completado el trámite administrativo, será el Presidente de la Nación quien decidirá si envía el pliego al Senado. Si el Ejecutivo no impulsa el nuevo nombramiento o si el Senado no presta acuerdo antes de que el magistrado alcance los 75 años, deberá avanzar el proceso para cubrir la vacante.
La resolución deroga expresamente la Resolución 226/2024 y, según los fundamentos oficiales, busca adaptar el procedimiento a los cambios introducidos por el Decreto 467/2026, que eliminó etapas consideradas duplicadas o innecesarias en los procesos de designación de magistrados.
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Un mecanismo bajo la lupa
La modificación llega en medio de una discusión política y judicial por la continuidad de magistrados que alcanzan la edad límite. El caso más reciente y de mayor impacto fue el del camarista federal, Martín Irurzun, cuya continuidad no fue promovida por el Gobierno después de que cumpliera 75 años.
En contraste, otros magistrados sí obtuvieron el respaldo del Ejecutivo y del Senado para continuar durante cinco años más, entre ellos Carlos Mahiques, padre del actual ministro de Justicia.
El nuevo reglamento busca, según el Gobierno, ordenar un procedimiento que en los últimos años estuvo atravesado por medidas cautelares, amparos y conflictos sobre la permanencia de jueces que habían alcanzado el límite constitucional.
La discusión de fondo, sin embargo, permanece: qué criterios utilizará el Poder Ejecutivo para decidir qué magistrados son propuestos para continuar y cuáles deben dejar sus cargos al cumplir los 75 años.
La Resolución 384/2026 entró en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial y alcanza tanto a las nuevas solicitudes como a aquellas que ya se encontraban en trámite ante el Ministerio de Justicia.
MV/MSS