La Cámara Nacional Electoral confirmó el procesamiento sin prisión preventiva de María Victoria Villaver, empleada de una agencia de medios, como presunta responsable del delito de “inducción con engaños” por haber sido quien subió a la red social Facebook dos videos (que se probó que eran falsos), en los que el dirigente político Mario Negri era acusado de pedir a supuestos empleados un porcentaje de sus sueldos para financiar una campaña electoral.
Los jueces acusan a Villaver del delito previsto en el artículo 140 del Código Electoral Nacional, que establece que “se impondrá prisión de dos meses a dos años al que con engaños indujere a otro a sufragar en determinada forma o a abstenerse de hacerlo”. En la sentencia, que firmaron los tres jueces de la Cámara, hablan de “violencia electoral”.
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La Cámara ratificó la sentencia del juez Alejandro Sánchez Freytes, que ya había procesado a Villaver y ordenó al magistrado y al fiscal que “continúen con la pesquisa a fin de alcanzar los máximos estándares de verdad”. “Incide en el ejercicio del derecho a la participación política y en la libertad de elegir a los representantes”, subrayaron los jueces.
El caso se inició en el marco de la campaña para las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) de 2021. Negri se presentaba como precandidato a senador por Córdoba, por la alianza Juntos por el Cambio.
El video montado simulaba un reportaje de Negri con dos periodistas y mostraba una captura de pantalla de WhatsApp en la que el precandidato a senador le habría pedido un porcentaje de sus sueldos a sus empleados para financiar la campaña. El video se subió a las plataformas Facebook y YouTube. En la primera red, y con una segmentación dirigida al votante corbobés, habría llegado a unas entre 400.000 y 450.000 personas. La provincia de Córdoba, según el censo 2022, tiene 3.840.905 habitantes.
Villaver trabajaba para la firma IGNIS M&C S.A, una agencia de medios. Las pericias de Gendarmería identificaron el IP de la computadora desde la que se subieron los videos. La defensa de la mujer, a cargo de los abogados Gonzalo Anzorreguy y Martín Alejandro Borges, sostuvo que una vez abiertas las cuentas de Facebook, el poder de administración queda en manos del “contratante” quien puede “crear, editar y cargar contenido” en la red social.
En la querella, Negri argumentó que el montaje se hacía con la intención de “lesionar su imagen, honor y reputación, como así también perjudicarlo electoralmente en el marco del proceso electoral”. De hecho, perdió en esa interna.
“La sentencia de la Cámara Nacional Electoral es la primera de este tipo, es un leading case. Pienso que es un mensaje que los jueces quieren dar a la política y a los que hacen un mal uso de las redes sociales”, dijo Negri en diálogo con PERFIL. El dirigente político sostuvo que a partir de la difusión de esos videos sufrió un “calvario” y planteó que ahora, confirmada la sentencia en la Cámara, es importante que se pueda avanzar en el juicio a la imputada (que está procesada) y que se dé con los autores intelectuales de esta operación, que lo dejó afuera de las PASO hace cuatro años.
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A diferencia del video fake creado con inteligencia artificial en el que Mauricio Macri llamaba a votar por Manuel Adorni un día antes de los comicios para legisladores porteños, Negri subrayó que a él lo acusaban de un delito penal (cohecho).
“Ámbitos en los que se generan mensajes de odio, hostigamiento e intimidación”
En la sentencia de Cámara, a la que tuvo acceso PERFIL, los jueces Daniel Bejas, Alberto Dalla Vía y Santiago Corcuera se expresaron en extenso sobre el uso de las redes sociales en el marco de las campañas electorales: “Así como estas nuevas formas de comunicación facilitan la participación en el debate público, enriqueciendo el ejercicio de la libertad de expresión, también se presenta incontrovertible en que son ámbitos en los que se generan mensajes de odio, hostigamiento e intimidación, mayormente facilitados por la posibilidad de utilizar cuentas falsas, anónimas o sin la identificación real del usuario”, indicaron.
Recordaron que en las campañas de 2019, 2021 y 2023 promovieron la firma de un Compromiso Ético Digital entre las agrupaciones políticas contendientes y todos los actores involucrados -como los representantes de las principales redes sociales y plataformas digitales- para propiciar la “educación digital para el buen manejo de la información política electoral en redes sociales y otras plataformas”. Y en el último tiempo la Cámara creó una Unidad de Inteligencia Artificial y estableció sistemas de cooperación para identificar herramientas que permitan detectar y mitigar la desinformación electoral en redes sociales y otros entornos digitales.
En su voto, el juez Alberto Dalla Via, señala que “es necesario tener en cuenta las características especiales que tienen los actos de descrédito, desinformación y manipulación del debate público cuando se dan en contextos electorales, toda vez que -además de las consecuencias individuales que pueden generar- podrían implicar una violación al derecho de participación política o afectar, más genéricamente, la legalidad, legitimidad o integridad del proceso electoral”.
Los jueces advirtieron sobre la “manipulación del discurso público para instalar temas de agenda, silenciar voces disidentes, fomentar la polarización o bien, en última instancia, menoscabar la confianza ciudadana en los procesos democráticos”.
También se pronunciaron sobre el anonimato de las cuentas desde las que se publican este tipo de mensajes. “El anonimato, si bien es un beneficio en algunas circunstancias, a menudo parece permitir que las personas se expresen de manera antisocial, un comportamiento que no se atreverían a tener si se conociera su identidad”, indicaron.
“Para muchos usuarios, las plataformas de redes sociales se han convertido en lugares extremadamente desagradables, especialmente para mujeres, migrantes y minorías”, sostuvieron en la sentencia. En septiembre del año pasado, el colectivo Periodistas Argentinas denunció la “escalada significativa” de ataques en redes sociales contra mujeres periodistas que tiene "un efecto disciplinador".
Fuentes ligadas a la causa, señalaron a PERFIL, que más allá de la imputación a Villaver ahora resta avanzar contra cuatro personas que estaban autorizadas a gestionar contenidos en la página de Facebook donde se publicó el video: Manuel Candal, Luis Nicolás Busso, Lola Muslera y Valentina Quiroz.
DCQ