JUDICIALES
ESTABLECIDA POR DNU

Otro revés judicial para Milei: la Justicia suspendió la derogación de la Ley de Tierras

Fue por medio de un fallo firmado por el juez Ernesto Kreplak en el marco de un planteo de un centro de ex combatientes de La Plata.

Tierras donde se instalará el parque eólico y planta de hidrógeno verde en Río Grande
Tierras donde se instalará la planta electrólisis en Río Grande. | MMEX Resources Corporation

Malas noticias para el presidente Javier Milei. Además de la suspensión del capítulo laboral del DNU 70/2023 de desregulación económica ante un planteo de la CGT, ahora la Justicia hizo lugar a una medida cautelar que suspende preventivamente la derogación de la Ley de Tierras. Se trata del artículo 154, que dejaba las puertas abiertas para la compra y acumulación de tierras a extranjeros sin ningún tipo de límite.

Así lo decidió este lunes el juez federal Ernesto Kreplak al intervenir en una presentación judicial que había hecho el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas de La Plata (Cecim). Se trata de un planteo de acción de amparo contra el Ejecutivo para que se declare la inconstitucionalidad y nulidad del artículo mencionado, que derogó la ley 26.737 de Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la propiedad, posesión o tenencia de tierras rurales.

En el escrito inicial, los representantes del Cecim habían argumentado su pedido al sostener que "al derogar la anterior, libera el mercado de tierras, habilitando la extranjerización de las mismas, con dinámicas latifundistas, que ponen en crisis los principios de integridad territorial y la soberanía nacional, condicionando no solo la disponibilidad del suelo argentino, sino también los cursos de aguas dulces". 

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Ante eso, el Ejecutivo había elevado a la causa un informe en el que pidió que se rechace la medida, ya que, a su entender, no estaban "acreditados los supuestos necesarios" para que proceda. Además, habían argumentado que las razones del DNU se enmarcaban en cuestiones políticas no justiciables, bajo el control del Congreso. 

Las razones del juez

Al decidir, el juez primero abordó el cuestionamiento de los representantes del Estado contra la legitimación del Cecim para accionar contra el DNU. Al hacerlo, citó un precedente de la Corte que sostiene que "la simple condición de ciudadano resultaría suficiente para tener por demostrada la existencia de un interés 'especial' o 'directo'".

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La ley de tierras había sido derogada por DNU.

"Existiría un hecho, único y continuado, que podría ocasionar una lesión a la soberanía y, en consecuencia, a los habitantes de la República Argentina. En efecto, la demanda introducida por la actora invoca afectación a derechos de raigambre constitucional (reitero, potencial peligro de pérdida de soberanía nacional sobre tierras,
cauces de agua, entre otras)", planteó Kreplak.

Respecto del pedido de una medida cautelar, el magistrado planteó que "encuentro acreditados los recaudos de verosimilitud del derecho y peligro en la demora exigidos por el Código Procesal Penal y de la ley 26.854, motivo por el cual dispondré suspender preventivamente la vigencia de lo dispuesto en el art. 154 del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, hasta tanto recaiga sentencia definitiva".

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El juez también criticó al Gobierno al sostener que el reglamento impugnado, el DNU, "no habría cumplido con los procedimientos esenciales y sustanciales para su dictado, ni posee el dictamen proveniente de los servicios permanentes de asesoramiento jurídico". Ello, toda vez que por nota la titular de la Subsecretaría Técnica de la Secretaría Legal y Técnica, María Victoria Marcó, expresó que la medida "no contiene informes y/o dictámenes técnicos ni jurídicos previos" a su dictado.

Sobre esa base, Kreplak exigió al Estado que en el plazo de 5 días cumpla con la elevación de un informe según los términos del artículo 8° de la ley que regula las acciones de amparo. En esa línea, deberán informar acerca de los antecedentes y fundamentos de la medida impugnada. El escrito deberá ser presentado por el Ministerio de Justicia de la Nación, que es representante del Ejecutivo en la causa. 

Al resolver, el juez también pidió que el caso se inscriba ante el Registro de Procesos Colectivos de la Corte Suprema. A su vez, respecto de la medida cautelar suspensiva otorgada, ordenó que se cumplimente en el plazo de 48 horas a partir de la notificación.

Qué decía la ley de Tierras Rurales

La norma en cuestión regulaba la tenencia de tierras en manos extranjeras. La Ley 26.737, sancionada durante el gobierno de Cristina Kirchner, estableció un límite de 15% de tierras rurales en manos de extranjeros a nivel nacional provincial o municipal. A nivel nacional se cumple porque las tenencias en manos extranjeras llega al 6,09%, con 16,2 millones de hectáreas en manos foráneas sobre un total de 266.707.361 hectáreas de superficie rural del país. 

Agro
16,2 millones de hectáreas en suelo argentino están en manos extranjeras, según datos oficiales.

No obstante, al analizar departamento por departamento aparecen casos en donde la ley no se cumple, en provincias como Salta, Corrientes, Misiones, Chubut y Santa Cruz. 

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Con la derogación de la ley había crecido el entusiasmo por parte de representantes de firmas extranjeras con inversiones en el país. De hecho, el titular de una firma que es la filial local de una reconocida multinacional que tiene cientos de miles de hectáreas en el sur del país calificaba ante PERFIL como "muy positiva" la decisión de Milei estampada en el DNU.

Para argumentar su posición, señalaba que durante la vigencia de la misma hubo muy pocas operaciones de venta de tierras, al tiempo que el precio de las hectáreas bajó con relación a la media de países limítrofes. Entonces, con la derogación, proyectaba una suba de inversiones junto con una mejora del precio de la tierra argentina. 

La fuente consultada destacaba que desde la entrada en vigencia del DNU ya no sólo iban a poder invertir aquellos empresarios que 'tengan estómago' para acceder a tierras por medio de vericuetos o entramados jurídicos de escasa legalidad. 

Con la suspensión de la derogación, ahora se espera que el Gobierno apele y que el caso escale a la Cámara Federal.

ASV CP