Las plataformas de comercio electrónico forman parte de la vida diaria de millones de usuarios y por tanto no quedan por fuera de las regulaciones estatales, que si bien están presentes desde hace algún tiempo, en los últimos meses se intensificaron. De este modo las aplicaciones y sitios web para la venta de objetos usados quedaron alcanzados por la obligación de pagar el impuesto reglamentado por la AFIP.
No obstante la obligación de tributar en este tipo de operaciones genera malestar tanto en usuarios de las aplicaciones como en los mismos dueños de las plataformas. De hecho, un suceso que no llamó del todo la atención por su habitual interacción con los clientes, sucedió cuando ante la queja de un usuario fue el mismo CEO y fundador de Mercado Libre, Marcos Galperín, quien respondió sumándose al reclamo.
El reclamo y la respuesta
El intercambio comenzó cuando un usuario de la app de ventas en línea, hizo público su descargo y queja desde su cuenta de Twitter, tras verse obligado a pagar 23.400 pesos en concepto de IVA Bienes Usados. El tributo aplicado corresponde a la venta de una bicicleta usada que hizo a través del portal online de compra y venta de productos y servicios.
Se trata del economista Ignacio Carballo, quien se mostró sorprendido y a disgusto cuando tras concretar exitosamente la venta de su bicicleta usada por $ 130.000, se encontró con la retención de la suma en concepto de impuesto. "Jajajajaja, quiero vender una Bici Vairo XR 4.0, modelo viejito y demás, rematada por Mercado Libre. Valor de Mercado $180k: digo ‘La pongo barata para que la compren rápido’, resulta que me sacan $23.400 de impuestos (Sic)", posteó con tono de ironía Carballo.
Además, con el fin de evitarle a otro usuario la poco grata sorpresa de una retención no esperada y que puedan conocer anticipadamente la cantidad de impuestos que se aplicarán sobre el monto final de la venta, compartió en una historia los beneficios del “Simulador de costos”. "Una herramienta muy buena que permite calcular esos impuestos". Carballo publicó con evidente molestia: "Sucede que el 18% es sólo "Regimen Especial IVA Usados".
En ese contexto, rápidamente recibió respuesta ni más ni menos que de parte de Galperín, el propio dueño de la plataforma, que lejos de justificar la retención se sumó argumentando su queja: "la única plataforma que es obligada a retener este impuesto es MELI, cuando hay ventas de productos usados en plataformas sociales y nadie retiene nada", al tiempo que planteó el interrogante: "A todo esto, ¿es legal cobrar un impuesto a un vendedor no habitual de un producto usado?".
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El empresario argentino, fundador del gigante del comercio electrónico, además advirtió que este tipo de impuestos provocan la migración de vendedores y compradores a redes sociales y otros sitios que conllevan riesgos. De este modo, los vendedores no habituales de productos usados quedarían también alcanzados por la regulación de la AFIP
Más regulaciones que podrían abarcar a quienes no deben tributar
Lo cierto es que la retención que le hicieron al usuario corresponde al impuesto por percepción IVA usados establecida por la Resolución General de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) 3411/2012. Cabe destacar que este tributo puede representar una retención que va entre un 1% y un 21% sobre el precio de venta publicado, ello dependiendo de la condición fiscal del vendedor.
Un dato importante que ponen de resalto los tributaristas es respecto del alcance amplio de la retención, que incluye a todos los contribuyentes, incluso a quienes no revisten categoría ante la AFIP como monotributistas o responsables inscriptos de IVA. De este modo, la AFIP puso en cabeza de las aplicaciones de venta electrónica la obligación de control tributario y agente de retención.
En ese sentido, deberán retener IVA de acuerdo a distintos parámetros y condiciones de cumplimiento impositivo de los vendedores, sin importar si el vendedor en cuestión no se trate de un comerciante y tan solo esté vendiendo un objeto usado tras una mudanza o por falta de uso.
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Nuevo régimen y más agentes de retención desde abril
También es importante señalar que desde el 1 de abril próximo, por la Resolución General 5319/2023 quedarán incorporados nuevos agentes de percepción. De modo que, ya no solo la aplicación de Mercado Libre, aplicará la retención sino además otras plataformas concretamente mencionadas en la norma. Desde la empresa es bien visto para lograr un contexto más equitativo entre las distintas plataformas de venta digitales.
Por lo pronto, la Resolución General 5319 publicada en el Boletín Oficial, sustituye al régimen vigente de percepción de IVA por operaciones de venta de cosas muebles no registrables nuevas o usadas y por prestaciones o locaciones de servicios, comercializadas a través de plataformas digitales.
Además de incorporar a 20 plataformas obligadas a realizar la retención: Agrofy, Avantrip, Almundo, Bfoot, Cabify y Cabify Mendoza, Correo Oficial, Frávega, Mercado Libre, Mis Pichos, Nación Servicios, Pedidos Ya, Rappi, Renova tu vestidor e YPF.
BL JL