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La Justicia confirmó el sobreseimiento del exjuez Aranda por supuestas irregularidades en excarcelaciones

La Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia ratificó el cierre de la causa contra el exmagistrado, acusado de haber otorgado beneficios judiciales sin fundamentos legales a personas privadas de su libertad.

Miguel Aranda
Miguel Aranda | Archivo

La Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia confirmó el sobreseimiento total y definitivo del exjuez Miguel Aranda, quien había sido investigado por supuestas irregularidades en el otorgamiento de prisiones domiciliarias y excarcelaciones. La decisión judicial fue adoptada tras rechazar un recurso presentado por el Ministerio Público Fiscal (MPF), que buscaba revertir el fallo de primera instancia.

La causa se inició en 2022, cuando la fiscalía impulsó una investigación a partir de testimonios y pruebas recopiladas en otro expediente judicial que señalaban a Aranda por haber beneficiado indebidamente a personas detenidas con medidas alternativas sin la existencia de fundamentos jurídicos suficientes. Sin embargo, en diciembre de ese mismo año, la jueza de primera instancia resolvió dictar un auto de falta de mérito al considerar que las pruebas no alcanzaban el grado de certeza necesario para avanzar con una acusación formal.

Desde entonces, el expediente permaneció paralizado durante más de 30 meses, sin que el MPF lograra incorporar nuevos elementos relevantes. Ante esa situación, el tribunal integrado por las juezas Rocío Alcalá y Patricia Beatriz García concluyó que el proceso no podía mantenerse abierto de forma indefinida y ratificó el sobreseimiento.

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En los fundamentos de la resolución, la Cámara subrayó que el Ministerio Público no individualizó casos concretos en los que se hayan otorgado beneficios de manera irregular, limitándose a plantear “consideraciones genéricas” sin mencionar expedientes o imputados específicos. También cuestionó la estrategia de la fiscalía de supeditar el avance del expediente al resultado de un juicio oral paralelo, al sostener que esa instancia “no constituye una etapa de investigación sino de control de legalidad de la prueba”.

El tribunal señaló además que el único informe incorporado desde 2022 fue elaborado por PROCUNAR, pero no aportó elementos que vinculen a Aranda con los hechos investigados. Frente a la ausencia de pruebas concretas, la Cámara concluyó que la decisión de cerrar la causa se ajusta al principio de plazo razonable y al derecho del imputado a obtener una resolución judicial en un tiempo prudencial.

En su apelación, el MPF había argumentado que aún restaba producir evidencia y que el fallo de primera instancia carecía de fundamentos. No obstante, la Cámara rechazó ambos planteos. En su resolución, sostuvo que “la arbitrariedad de una sentencia no puede alegarse cuando existen fundamentos jurídicos mínimos que la respaldan” y que no puede invocarse prueba hipotética para mantener abierto un proceso penal de manera indefinida.

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Por último, el tribunal desestimó las críticas sobre supuestas demoras en el trámite judicial, al remarcar que la falta de avances se debió a la inacción del Ministerio Público, que no presentó nuevas pruebas durante el extenso período en el que la causa estuvo paralizada. Asimismo, recordó que el imputado no tiene la carga de impulsar la investigación y que someterlo a un proceso sin avances concretos vulneraría sus derechos fundamentales.

Con esta decisión, Miguel Aranda queda definitivamente desligado de esta causa, aunque sigue siendo investigado en otros expedientes judiciales que aún se encuentran en trámite.