La Justicia laboral de Corrientes dictó una sentencia a favor de un trabajador, logrando que este cobre una deuda de más de $19 millones mediante una vía judicial de resolución rápida ante el incumplimiento de la empresa empleadora.
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El Juzgado Laboral N° 4 de Corrientes hizo lugar a una medida autosatisfactiva presentada por un empleado contra una empresa con sede en Bahía Blanca, la cual había reconocido los montos adeudados, pero nunca los abonó.
Depósito inmediato de $19.5 millones
El magistrado resolvió ordenar a la firma demandada que deposite, a disposición del Juzgado en el Banco de Corrientes S.A., la suma de $19.557.760,79, más intereses y costas. Dicho monto corresponde a los haberes de abril de 2025 y a las indemnizaciones laborales que la propia empresa había reconocido.
La sentencia fundamentó la decisión en la naturaleza alimentaria del salario, que constituye "una obligación principal del empleador" y cuya falta de pago "afecta el normal desarrollo de la vida familiar y social del trabajador" y puede generar un perjuicio irreparable.
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El juez subrayó la importancia de la medida autosatisfactiva, contemplada en el art. 785 y siguientes del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia, como una vía judicial rápida y eficaz. Esta herramienta está orientada a proteger créditos laborales reconocidos que las empresas no cancelan, evitando demoras en perjuicio del empleado.
El fallo aplicó el criterio del Superior Tribunal de Justicia de Corrientes (Sentencia N° 22/2024) y utilizó la tasa activa del Banco de Corrientes S.A. para el cálculo de los intereses adeudados.