OPINIóN
Análisis

Fondo de Asistencia Laboral o FAL: una primera mirada a su reglamentación

El FAL no reemplaza las indemnizaciones ni altera la protección contra el despido arbitrario. Su objetivo es permitir que los empleadores financien estas contingencias de manera anticipada, a través de aportes periódicos.

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Mujeres “en negro”. Son más las empleadas que los empleados con trabajos informales. La brecha de género aún es profunda. | cedoc

El Gobierno Nacional publicó el Decreto 408/2026, mediante el cual se reglamenta el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un nuevo mecanismo destinado a mejorar la administración de las contingencias económicas vinculadas a las desvinculaciones laborales.

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La medida introduce una herramienta orientada a dotar de mayor previsibilidad financiera al sistema, sin modificar el régimen vigente de indemnizaciones por despido.

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¿Qué es el Fondo de Asistencia Laboral?

El FAL no reemplaza las indemnizaciones ni altera la protección contra el despido arbitrario. Su objetivo es permitir que los empleadores financien estas contingencias de manera anticipada, a través de aportes periódicos.

Así, el sistema transforma una obligación futura e incierta en un esquema más previsible, reduciendo la incertidumbre sobre los costos asociados a la finalización de las relaciones laborales.

Cómo funciona el nuevo esquema

El régimen establece que los empleadores podrán realizar aportes mensuales a vehículos de inversión supervisados, entre ellos:

Fondos comunes de inversión

Fideicomisos financieros

Además, contempla:

Cuentas individuales por empleador

Mecanismos de control, trazabilidad y portabilidad

Integración con el sistema de recaudación administrado por ARCA

Este modelo busca asegurar la disponibilidad de recursos al momento de afrontar las indemnizaciones correspondientes.

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Alcance y limitaciones

La reglamentación aclara que el FAL no sustituye la responsabilidad del empleador, quien continúa siendo el único responsable por el correcto cálculo y pago de las indemnizaciones.

Asimismo:

- No cubre contingencias derivadas de registraciones deficientes o conflictos judiciales.

- No funciona como un seguro integral contra litigios laborales.

En este sentido, el sistema actúa como una herramienta financiera, pero no elimina los riesgos jurídicos inherentes a las relaciones laborales.

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Impacto para las empresas

Desde el punto de vista empresarial, el FAL podría aportar beneficios relevantes, entre ellos:

- Mayor previsibilidad financiera

- Segregación patrimonial de los fondos

- Potenciales ventajas fiscales

Sin embargo, su implementación requerirá ajustes en los procesos internos de las organizaciones, especialmente en materia de registración laboral y calidad de la información declarada.

Desafíos pendientes

A pesar de los avances, la reglamentación deja abiertos algunos interrogantes, como la determinación de la cobertura mínima necesaria para garantizar la suficiencia del fondo frente a las contingencias laborales.

También será clave observar la evolución del mercado financiero local, dado que el régimen limita las inversiones a instrumentos emitidos en la Argentina.

Una herramienta para reducir la incertidumbre

La reglamentación del FAL representa un paso relevante hacia un modelo más previsible de gestión de riesgos laborales. Si bien no modifica el sistema indemnizatorio ni resuelve los desafíos estructurales del mercado de trabajo, incorpora un instrumento que puede contribuir a mejorar la planificación financiera de las empresas.

Su efectividad dependerá, en gran medida, de su implementación práctica y del uso que le den empleadores, trabajadores y operadores jurídicos.

(*) Socio de Legales, BDO en Argentina