POLICIA
Caso Maldonado

Condenaron al médico que filtró las fotos del cuerpo de Santiago Maldonado

Werther Aguiar fue encontrado culpable del delito de revelación de secretos. Recibió un año y medio de prisión e inhabilitación para ocupar cargos públicos.

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El 1 de agosto de 2017 se vio por última vez con vida a Maldonado. | DPA

El médico acusado de filtrar las fotos del cuerpo sin vida de Santiago Maldonado fue condenado este viernes a un año y medio de prisión e inhabilitación para ocupar cargos públicos por otros tres años y seis meses, al ser encontrado culpable del delito de revelación de secretos por la filtración de fotos obtenidas en la Morgue Judicial de Esquel.

Se trata del médico de la Policía Federal Argentina (PFA), Werther Aguiar, quien participó del procedimiento que tuvo lugar el 17 de octubre de 2017.

En su fallo, la jueza Eva Parcio de Seleme también le ordenó a “los motores de búsqueda en Internet de mayor difusión” que “eliminen algoritmos y referencias de búsqueda del cadáver de Santiago Andrés Maldonado”.

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En tanto que dispuso la extracción de testimonios para evaluar la conducta en relación a un inspector y un comisario de la PFA, según publicó el portal Fiscales.gob.ar. Los fundamentos de la sentencia serán leídos el 16 de octubre, desde las 14.

En su alegato, el fiscal Federico Baquioni detalló cuáles eran los deberes que tenían todas las personas que estuvieron en la Morgue Judicial de Esquel durante el procedimiento. Según indicó, para todos coincidía en que debía ser secreto, fueran peritos de parte, policía o médicos.

Para la fiscalía, el derecho a la intimidad "quedó vulnerado en el momento que las fotografías del cuerpo fueron exhibidas a personas que no habían participado del examen del cadáver", y sobre todo cuando esas imágenes "tomaron estado público como consecuencia de la difusión generalizada que posibilitó el imputado una vez que las envió a sus contactos de la red de mensajería".

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En cuanto al marco fáctico, el Ministerio Público Fiscal consideró acreditadas las premisas que sostuvieron su hipótesis: que el médico infringió el deber de secreto cuando le exhibió las fotos a sus compañeros, sin que fuera un ámbito en el que se estuviera haciendo una interconsulta; también, cuando se la mandó a otro integrante de la PFA mediante la red de mensajería WhatsApp; y finalmente, que se vulneró el deber de reserva porque las imágenes que llegaron a los medios de comunicación coinciden con las que el imputado sacó, según se contrastó con el video tomado en la Morgue.

Los parientes del joven fallecido iniciaron las acciones legales argumentando "el impacto que tuvo en la sociedad la divulgación de las fotos, que provocó una enorme lesión a la intimidad de la familia, además de la exaltación del morboso propósito de exponer innecesariamente tales imágenes".

La falta del médico legista encuadró en lo establecido en el artículo 157 del Código Penal, que destaca que "será reprimido con prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial de uno a cuatro años, el funcionario público que revelare hechos, actuaciones, documentos o datos, que por por ley deben ser secretos".

MS/EA