Cuatro policías fueron condenados a cadena perpetua y otros cinco agentes recibieron entre tres y seis años de prisión efectiva en la provincia de Santiago del Estero por torturar y asesinar al albañil Ramón Vázquez en 2013. Entre los delitos que se imputan a los efectivos los más graves son privación ilegítima de la libertad y torturas seguida de muerte.
"Más de cinco años transitando este difícil camino hasta hoy, que llegó el día de la justicia para los policías asesinos de mi papá y sus cómplices. Es una victoria sobre la impunidad", dijo Moisés, hijo de la víctima, según una publicación de la organización social La Garganta Poderosa en Twitter.
Vázquez era un albañil del barrio Autonomía, de Santiago del Estero, y fue arrestado el 11 de septiembre de 2013, acusado de haber robado un televisor. Un grupo de policías de civil irrumpió en su vivienda y detuvo sin contar con una orden judicial.
Pese a que el abogado del albañil había presentado un hábeas corpus para que no volviese a ser detenido, los agentes regresaron al hogar de Vázquez diez días después de la primera vez y lo encerraron en una oficina de la comisaría en la que trabajaban, donde murió. Los agentes dijeron entonces que el hombre había fallecido por descompensación, pero la autopsia aclaró que Vázquez fue torturado con una técnica conocida como submarino seco, al serle colocada una bolsa de plástico en la cabeza que provocó que el albañil se asfixiara con su propio vómito.
El tribunal oral penal de la provincia sentenció con la máxima pena a los policías Nazareno Moreno, Roberto Chávez, Cenobio Díaz y Hernán Villarreal, de la Brigada de la comisaría 10a, informó el portal Diario Panorama. La agente Paola Arce fue condenada a seis años de cárcel mientras sus excolegas Ramón Orellana, Hernán Carrizo, Gustavo Sayago, y Cristian Barrera, recibieron la pena de tres años de prisión. El resto de los procesados fue condenado por omisión de denuncia y privación ilegal de la libertad, todos quedaron inhabilitados de por vida para ejercer cargos públicos.
D.S.