POLITICA
Ciudad de Buenos Aires

Apartaron al juez que falló en la causa por los accesos al subte

Roberto Gallardo había decidido que los usuarios viajen gratis cuando no funcionen las escaleras mecánicas. La Cámara revocó la decisión y le quitó la causa.

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Usuarios de subte | cedoc

La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso, Administrativo y Tributario decidió que el juez porteño Roberto Gallardo sea apartado de una causa en la cual había instado a Metrovías a que dejara subir gratis a los usuarios de subte en aquellas estaciones en las que no funcionen las escaleras mecánicas y los ascensores. 

El pedido recusación había sido presentado por las empresas Subterráneos de Buenos Aires (Sbase) y la propia Metrovías, además de por el Gobierno porteño. 

Además de quitarle la causa a Gallardo, la Cámara decidió dar marcha atrás con el fallo, por considerar que "la normativa local no le otorga al juez facultad de crear sanciones fuera de la ley". Los camaristas firmantes fueron: Maríana Díaz, Fernando Juan Lima y Esteban Centenaro, este último en disidencia. 

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En una dura consideración respecto del trabajo del magistrado, el tribunal de apelaciones porteño señaló que Gallardo dictó una resolución judicial y omitió considerar la normativa vigente. "Tampoco otorgó a las partes la posibilidad de manifestarse a su respecto, todo lo cual implica una afectación del derecho de defensa", agrega el documento judicial.

Subte: la justicia instó a Metrovías a no cobrar pasaje cuando no funcionen ascensores

De todas formas, los integrantes de la Sala de la Cámara le ordenaron a la Ciudad, a la empresa estatal y a la compañía privada que, en un plazo de diez días, "implementen y pongan en funcionamiento un programa sustituto de traslado del colectivo involucrado (es decir, discapacitados motrices actuales o potenciales que pretendan hacer uso del servicio público de pasajeros subterráneo). Esto hasta que se dicte la sentencia definitiva o bien se acredite el regular cumplimiento del funcionamiento de las escaleras mecánicas y ascensores -lo que ocurra primero-".

"Ninguna de las personas que integran este colectivo afectado deba tolerar una espera mayor a 15 minutos desde su llegada a la estación de que se trate sin que se proporcione un medio de transporte alternativo y adecuado al tipo de discapacidad que posea, el que deberá realizar su recorrido hasta la siguiente estación que tenga en funcionamiento los medios de acceso que las personas que circunstancialmente resulten transportadas requieran", añade el fallo. 

El subte de Buenos Aires ya es un espacio cardioprotegido

La causa que hasta hoy tramitaba Gallardo se inició comenzó en 2017 cuando el un usuario, de nombre Gustavo Damián Fernández, protestó por el mal funcionamiento de las escaleras mecánicas y los ascensores. Fernández se mueve en silla de ruedas, por lo cual eran escenciales estos instrumentos para su desplazamiento.

En febrero de 2019, el juez Gallardo ordenó una inspección de las estaciones y observó que 51 medios de accesibilidad no funcionaban. A partir de ello tomó la decisión que hoy fue revocada.

JPA