POLITICA
Espionaje Ilegal

Caso D'Alessio: por qué la Justicia mantuvo a Ramos Padilla

La Cámara Federal de Mar del Plata ordenó que la investigación que tiene bajo la lupa a Marcelo D'Alessio y a Carlos Stornelli siga su curso en el juzgado de Dolores.

Alejo Ramos Padilla 20190426
El fiscal de Dolores, Alejo Ramos Padilla. | NA

La causa por presunto espionaje ilegal que comenzó en enero pasado y tiene como su detenido más importante al falso abogado Marcelo D’Alessio, sumó hoy uno de sus capítulos más importantes. Fue cuando la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata definió que el caso debe seguir investigándose, al menos provisoriamente, en la jurisdicción de Dolores. Allí seguirá a cargo del juez Alejo Ramos Padilla, quien lleva adelante el expediente que tiene entre sus imputados al fiscal federal Carlos Stornelli, declarado en rebeldía en el expediente tras haber faltado a cuatro citaciones a indagatoria. Precisamente sobre Stornelli se posan ahora las miradas. Primero defendió su ausencia recusando a Ramos Padilla, algo a lo que ni la Cámara marplatense primero, ni la Casación Federal después, le dieron la razón. Luego cuestionó la competencia y hoy recibió el primer revés por el caso. Por lo que ahora se prevé que apelará la decisión, en pos de lograr que el expediente llegue a Comodoro Py. Una parada difícil, si se tienen en cuenta los sólidos argumentos del tribunal de la ciudad atlántica, que dejó en claro una serie de puntos importantes a definir. 

La decisión de los camaristas, Eduardo Jiménez y Alejandro Tazza, y el juez de Necochea, Bernardo Bibel, consideró que debe ser Ramos Padilla quien “continúe provisoriamente a cargo del conocimiento y la investigación de las actuaciones principales por ser el Juez que ha prevenido en estas actuaciones (art. 38 del CPPN), en razón a que -de momento- su incompetencia devendría prematura en virtud del estado embrionario de la investigación en curso y no contarse con el análisis de todos los elementos de juicio relevantes para precisar debidamente el contorno delictivo investigado”. Es decir que consideraron que le dieron la razón al juez sobre el estado de la causa, sobre la que aún falta un largo camino por desandar.

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La resolución parece garantizar la pureza de un expediente en el que el magistrado buscó avanzar en tiempo y forma. Así incluso lo vieron en la Corte Suprema de Justicia de la Nación, donde dos de sus miembros, Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti, habrían sido víctimas de la red liderada por D’ Alessio. Allí definieron al magistrado como “un juez sobrio”, con “buenos manejos en los tiempos procesales”. Esa visión es extendida en buena parte de la justicia, donde incluso hace pocos días se vio con buenos ojos la velocidad con la que cambió el estatus de la abogada Giselle Robles, de querellante a imputada y citada a indagatoria.

Además y para avalar aún más esa mirada sobre él se destacan los avances que logró en los poco más de tres meses de investigación. Esa que llevó de una denuncia por presunta extorsión a develar una red de espionaje ilegal, que habría actuado no sólo en distintos puntos de la Argentina sino también en Paraguay, Venezuela y Estados Unidos entre otros puntos. 

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Precisamente los distintos puntos del país donde se habrían cometido delitos es uno de los puntos claves de la resolución judicial de hoy, algo que también fue mencionado por Ramos Padilla. Consideraron que, cuando no es posible “establecer el exacto lugar de la comisión delictiva principal, corresponde dar paso a la aplicación de la regla subsidiaria que consagra al Juzgado que previno como aquel que deba seguir interviniendo hasta tanto se despejen las incertidumbres que fundan la hipótesis de investigación inicial, y así permitir una correcta definición del objeto procesal que servirá en definitiva, para atribuir la competencia territorial al órgano que finalmente corresponda por ley”. Por eso, teniendo en cuenta que “dado que los hechos investigados en autos requieren de una mayor precisión a fin de que pueda ser perfeccionada la hipótesis persecutoria, debe hacerse una determinación provisoria del juzgado que debe seguir investigando en el caso hasta tanto se cuente con la totalidad de elementos de juicio útiles para determinar concretamente las conductas jurídicas a ser analizadas, y que podrían tener marcada influencia en la adecuación jurídica que corresponda asignar a la totalidad de los acontecimientos materia de investigación”.

Por eso los magistrados consideraron que Ramos Padilla “debe disponer con la celeridad que el caso impone, la realización de todas aquellas medidas procesales pendientes tendientes a una integral determinación de los hechos que constituyen el objeto del proceso, y asignar el encuadre jurídico en los términos típicos que correspondan; todo ello por no haberse podido establecer con la precisión exigida por la ley ritual el concreto y certero lugar de la comisión del hecho principal al que resulta prematura para ser tratada en forma definitiva”.

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Sostuvieron que todavía “restan todavía importantes medidas probatorias pendientes de investigación y análisis frente al embrionario estado del proceso en curso, como así también porque todavía no ha sido posible la constatación y la verificación de la totalidad de la documentación secuestrada -que por su volumen y cantidad no ha podido hasta la fecha ser evaluada en su integridad-, en tanto ello se presenta como una arista relevante a los fines de determinar con total precisión y concreción la hipótesis fáctica de conflicto penal planteada en esta causa”.

A lo largo de 35 páginas, los jueces avalaron la postura de Ramos Padilla, encomendaron algunos puntos y abrieron el juego a mantener vivo un caso que muchos insistían para que llegue a Comodoro Py o que fuera desguazado. Casi como una forma de sellar su impunidad. Un escenario que no parece posible por el momento.

AP CP