POLITICA

Confirman extracción compulsiva de ADN a los hermanos Noble Herrera

Lo confirmó la Cámara Nacional de Casación Penal. Por qué la causa termina en la Corte. La causa, en fotos. Descargue el fallo completo. Fotos del día. Galería de fotos

Arriba, quienes buscan lograr la extracción de muestras de ADN; debajo, los abogados defensores.
| Cedoc

La Cámara Nacional de Casación Penal confirmó este mediodía la decisión de someter a extracciones de sangre, saliva o cabello "no consentidas" a los hermanos Felipe y Marcela Herrera Noble para entrecruzar su ADN en el Banco Nacional de Datos Genéticos y establecer si fueron apropiados en la última dictadura militar.

La Sala II de la Cámara Nacional de Casación Penal, integrada por los camaristas Raúl Madueño, Luis García y Guillermo Yacobucci, dio a conocer este jueves la resolución en la causa 13.957 "Noble Herrera, Marcela y otro s/recurso de casación". En consecuencia, confirmaron la decisión de la jueza federal de San Isidro de primera instancia Sandra Arroyo Salgado.

El tribunal rechazó el recurso de casación formulado por los letrados apoderados de Marcela Noble Herrera y Felipe Noble Herrera contra la decisión de la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín, que confirmó la decisión de la jueza de primera instancia en cuanto dispuso "hacer lugar a la medida de prueba solicitada por la querella Asociación Abuelas de Plaza de Mayo".

De esta manera, se dispuso la "extracción directa, con o sin consentimiento, de mínimas muestras de sangre, saliva, piel, cabello u otras muestras biológicas pertenecientes en forma indubitada a Marcela y Felipe Noble Herrera, las que resultan necesarias para dar curso al peritaje de poligformismo de ADN con fines identificatorios ordenado en autos".

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En la sentencia de 165 páginas, los magistrados limitaron a mediados de 1976 la fecha con la que se cotejarán las muestras. El Tribunal de Alzada determinó "reformar y limitar la comparación de los perfiles de ADN obtenidos de las muestras de Marcela Noble Herrera a los perfiles de ADN de las muestras aportadas al archivo nacional de datos genéticos por parientes de personas detenidas o desaparecidas con certeza hasta el 13 de mayo de 1976".

En el caso de Felipe, se limita "la comparación con los perfiles de ADN de las muestras aportadas a ese archivo por parientes reclamantes con relación a personas detenidas o desaparecidas con certeza hasta el 7 de julio de 1976".

En fallos previos de la Cámara de Casación, los jueces ya había opinado que "la tarea realizada por el Banco Nacional de Datos Genéticos es incuestionable", por lo cual avalaron la tarea de dicho organismo en el tratamiento del material.

Se descuenta que cualquier decisión será recurrida ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, como anunciaron todas las partes.