POLITICA
Carta de San Martín

Cristina Kirchner queda al borde del juicio oral por los documentos históricos hallados en su casa

Lo decidió el juez federal Claudio Bonadio, en su primera medida al volver al juzgado tras una licencia por enfermedad.

Cristina Fernández de Kirchner
Cristina Fernández de Kirchner | AFP

Cristina Fernández de Kirchner quedó más cerca de sumar un nuevo juicio oral a su extensa lista de problemas judiciales. Así lo dispuso este jueves 23 de mayo el juez federal Claudio Bonadio, en su primera medida tras volver de su licencia médica, que elevó a esa instancia la causa judicial contra la expresidenta por "ocultamiento, destrucción o exportación ilegal de documentos históricos", a raíz del hallazgo de documentos históricos en su casa de El Calafate.

Se trata de una carta que José de San Martín le escribió al chileno Bernardo O´Higgins en 1835, y el prontuario del dirigente radical y expresidente Hipólito Yrigoyen, cuya autenticidad fue confirmada por el Director del Archivo General de la NaciónEmilio Perina

Tras el punta pie inicial de Bonadio, se correrá vistas a la partes involucradas (fiscalía y defensa) para concluir con el proceso y elevarlo a juicio oral y público. Luego se sorteará el Tribunal que intervendrá en el caso. 

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Los valiosos documentos fueron encontrados en los allanamientos que el magistrado dispuso en agosto de 2018 a tres de las propiedades de la senadora nacional (su departamento de recoleta y dos viviendas en Santa Cruz) en el marco de la investigación de los llamados "Cuadernos de las coimas".

Tras los procedimientos, la exmandataria cuestionó al juez federal por "romper todo" en un video que subió a YouTube y difundió desde sus redes sociales. "Vinieron a buscar millones de dólares lingotes y solo se llevaron nuestros bastones presidenciales y el de Cámpora, que su familia nos regaló", sostuvo entonces. Luego mencionó el origen de la carta de San Martín en su libro Sinceramente, en el que aseguró que se había tratado de sido un un regalo del premier ruso, Vladimir Putin. Ese argumento fue sostenido por su defensa a la hora de la apelación. 

Bonadio, que esta semana regresó de su licencia tras ser operado a principios de mayo de 2019 por una lesión cerebral, había procesado a la ahora precandidata a vicepresidenta en marzo  de 2019, decisión luego ratificada por la Cámara Federal a comienzos de este mes.

Al momento de confirmar el procesamiento, los camaristas Leopoldo Bruglia y Martín Irúrzun consideraron que CFK no debía ser acusada en el juicio oral por encubrir un robo, como era la acusación que le impuso Bonadio al momento de procesarla, sino por incumplimiento de los deberes de funcionario público.

"Aún cuando —tal como afirma la defensa— Fernández de Kirchner no sospechó ni podía sospechar que los documentos que le fueron obsequiados por el presidente de la Federación de Rusia y por un allegado al fallecido sacerdote tuvieren una procedencia ilegal, se encuentra suficientemente acreditado que tanto la importancia como el valor histórico de las piezas bajo examen eran circunstancias ciertamente conocidas por la imputada: basta para ello con reparar en la trascendencia que le asignó a los obsequios recibido", sostuvieron los camaristas en su fallo. 

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Bruglia e Irúrzun afirmaron que "no caben dudas en cuanto a que los documentos históricos, examinados por su naturaleza, forman parte de la historia y, como tales, son considerados por la ley como patrimonio cultural de la sociedad y no deben ser atesorados en secreto para el usufructo personal. De allí que, tras su recepción, era no sólo esperable sino también ineludible que Fernández de Kirchner informara al Archivo General de la Nación su tenencia, pues ello era una obligación expresa de la ley cuyo desconocimiento no puede alegar con éxito ni ampararse en una interpretación forzada de sus previsiones atento a la claridad normativa sobre el punto".

Para Bonadio, no era "factible concebir que la Dra. Cristina Fernández de Kirchner, abogada, ex diputada, senadora nacional y ex presidenta del país por dos períodos, desconociera que tenía en sus manos dos instrumentos de trascendental relevancia histórica que, como tales, constituyen patrimonio cultural de la Argentina o de la República de Chile", según escribió el juez en la resolución. "Alguien no identificado sustrajo dichos elementos y la encausada los receptó, manteniéndolos en su poder hasta ser habidos por la policía", completó.

La ley 15.930 dispone una pena de multa para el "ocultamiento, destrucción o exportación ilegal de documentos históricos", en caso de que no aplique otra pena mayor si la acción implica la comisión de otros delitos contemplados en el código penal.

C.D./F.F.