POLITICA
Se queda en la Justicia Penal

Cuadernos de las coimas: anulan el pase de una parte de la causa a la Justicia electoral

Uno de los empresarios acusados del Grupo Albanesi había declarado que aportó dinero para campañas políticas. Sin embargo, la Cámara Federal consideró que no eran argumentos suficientes para derivar la causa.

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| LA NACIÓN

La Cámara Federal anuló este viernes 20 de agosto un fallo que sacaba a una parte de la Causa Cuadernos de la órbita de la Justicia Penal y la enviaba a la electoral porque uno de los empresarios acusados explicó que aportó dinero para campañas políticas.

Se trata de Armando Roberto Loson, uno de los referentes del Grupo Albanesi, y de los ex funcionarios Hugo Martín Larraburu y Juan Manuel Abal Medina, quienes en diciembre pasado habían obtenido un fallo favorable para que la parte de la causa que los involucra pasara al fuero electoral.

El fiscal Carlos Stornelli apeló la medida, y el juez Leopoldo Bruglia, en un fallo unipersonal, reconoció que "a diferencia de otras situaciones escrutadas, los pagos atribuidos a Loson fueron registrados en fechas que en principio se corresponderían con períodos electorales, según las anotaciones de Oscar Centeno", el ex chofer del ex funcionario Roberto Baratta.

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Los presuntos pagos ilegales atribuidos a Loson fueron registrados "entre julio y septiembre de 2013; y posteriormente, en junio, julio y octubre de 2015", lo que coincide con períodos electorales.

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El año pasado, la propia Cámara había ordenado "profundizar la pesquisa en orden a los motivos esgrimidos por la defensa del nombrado, respecto a que los pagos atribuidos habían sido aportes de campaña".

La investigación registró que más allá de los supuestos desembolsos en 2013 y 2015, "fuera de esos momentos no figuran otras operaciones".

Sin embargo, consideró que los fundamentos expuestos para remitir el expediente a la Justicia Electoral "no abordaron estas cuestiones en forma conjunta con una valoración lógica que conlleve de manera razonada a la decisión arribada".

"El decisorio en crisis carece de la fundamentación mínima y suficiente exigida y por ende, corresponde la declaración de nulidad, a fin de sanear adecuadamente el acto, mediante el dictado de una nueva resolución", dispuso el fallo.   

La resolución implica que la causa volverá a la Justicia Penal pero no para quedarse allí sino para que se justifique adecuadamente las razones por las que deben investigarse supuestos delitos electorales.

JDI CP