La Cámara en lo Contencioso Administrativo confirmó hoy a la senadora oficialista por Tucumán y esposa del gobernador de esa provincia Beatriz Rojkes de Alperovich en la Comisión Bicameral de seguimiento de los Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU).
De este modo, el senador opositor cordobés Luis Juez no podrá integrar la Comisión, que quedará compuesta por ocho oficialistas y ocho opositores.
El fallo de la Sala Tercera de la Cámara, que firmaron los jueces Jorge Argentino, Pablo Gallegos Fedriani y Jorge Morán, ratifica una decisión del juez de primera instancia Enrique Lavié Pico, que había sido duramente cuestionada por Luis Juez y apelada por el Senado según dispuso el titular de esa Cámara, el vicepresidente de la Nación Julio Cobos.
Según expresaron los camaristas, se trata de un asunto "justiciable, pues lo que se debate es si la senadora Rojkes de Alperovich tenía o no derecho adquirido a integrar la Comisión Bicameral Permanente".
En ese punto, el tribunal se dedicó a analizar "si se habría incurrido en una violación de los límites normativos impuestos al y por el Congreso con afectación de derechos individuales".
La Cámara concluyó que la esposa de José Alperovich "fue propuesta por el presidente de su bloque y designada por el presidente del Senado en el cargo de miembro de la Comisión Bicameral Permanente" a fines de diciembre de 2009.
El fallo subraya que la Comisión "se consideró legalmente constituida al momento de su primera sesión", por lo que Alperovich "a partir de ese momento adquirió el derecho a ocupar un lugar" allí.
Su mandato cesaba "con la próxima renovación de la Cámara de Senadores", no obstante lo cual fue removida y reemplazada por el senador Juez en febrero de este año.
"Su posterior exclusión constituiría prima facie un modo ilegítimo de impedirle el cumplimiento de obligaciones constitucionales inherentes a los deberes legislativos que como integrante de la Comisión le son propios", sostuvo la Cámara.
Esa exclusión fue "adoptada, en principio, vulnerando la duración de su mandato previsto en la ley".
La medida tiene carácter "cautelar" (provisorio) pero la argumentación parece preanunciar que al momento de resolver el fondo de la cuestión, el tribunal se pronunciará en similares términos.
Fuente: DyN.