El Poder Ejecutivo oficializó hoy la creación del Ministerio de Seguridad, que será encabezado por Nilda Garré que dejará su sillón en la cartera de Defensa a Arturo Puricelli, hasta ahora titular de Fabricaciones Militares.
La presidenta Cristina Fernández tomará juramento a ambos funcionarios durante una ceremonia que se realizará en el Salón Blanco de la Casa de Gobierno a partir de las 17. El nuevo Ministerio de Seguridad fue creado mediante el decreto 1993, publicado hoy en el Boletín Oficial, y la designación de Garré como su titular fue oficializada por el decreto 1995.
El nombramiento de Puricelli como nuevo ministro de Defensa se realizó mediante el decreto 1997, también publicado en el Boletín Oficial. Entre los considerandos de la creación del nuevo Ministerio se menciona "la trascendencia que la seguridad interior representa para la preservación de la libertad, la vida, y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías en un marco de plena vigencia de las instituciones del sistema democrático".
También se menciona un "instrumento indispensable para el bienestar individual y colectivo" el que desempeñe "un rol fundamental para el desarrollo del país en su conjunto", por lo que "se hace necesaria la creación de un área que profundice la temática sobre el particular".
Se consigna que "mantener la paz social y la tranquilidad pública como obligaciones indelegables del Estado imponen arbitrar todos los medios y recursos disponibles para asegurar el goce de dichos valores a todos los habitantes".
Se fundamenta en el texto que "la creación de un área específica en la materia permitirá maximizar la coordinación y participación de los distintos sectores involucrados, optimizando la cooperación y convocatoria supletoria o complementaria de todas o cada una de las fuerzas policiales y de seguridad".
En el artículo 22 bis, se puntualiza que competerá al Ministerio de Seguridad, entre otros puntos, "asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo concerniente a la seguridad interior, a la preservación de la libertad, la vida y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías".
Además se menciona el "entender en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia"; "ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el Poder Ejecutivo Nacional" y "entender en el ejercicio del poder de policía de seguridad interna y la dirección y coordinación de funciones y jurisdicciones de las fuerzas policiales y de seguridad nacionales".
Se añade el "formular el diagnóstico de la situación de la seguridad interior en el MERCOSUR e impulsar la coordinación de políticas de seguridad conjuntas con los países miembros" y "supervisar el accionar individual o conjunto de las Fuerzas de Seguridad y Policiales".