POLITICA
Año electoral

Elecciones 2023: ¿qué ciudadanos están exceptuados de votar?

La ley de Ciudadanía Argentina N°26.674 enumera ocho condiciones que permiten a determinados habitantes del territorio nacional justificar la no emisión del voto. Quiénes sí están obligados, y a cuánto asciende la multa por no hacerlo.

Urnas elecciones 20210908
Elecciones. | Cedoc Perfil

En las próximas elecciones 2023  habrá integrantes específicos del padrón que, en caso de requerirlo, podrán ausentarse de las urnas en las elecciones generales, que se desarrollarán el domingo 22 de octubre.

El calendario para la realización de los comicios se oficializó por medio de la Acordada Extraordinaria 35/2023 establecida por la Cámara Nacional Electoral. Las autoridades nacionales informaron que el 25 de abril es la fecha límite en la que se cerrará el registro provisorio y hasta el 19 de mayo se tendrá la oportunidad de efectuar reclamos en caso de no figurar en el listado para sufragar.

En la República Argentina se elegirá al próximo en ocupar el sillón de Rivadavia en la  Presidencia de la Nación, gobernadores, senadores y diputados en las elecciones 2023. Por lo que es sumamente relevante conocer el padrón definitivo de las personas habilitadas a participar del acto cívico.

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Elecciones 2023
Elecciones 2023

La Ley de Ciudadanía Argentina N°26.674 enumera un listado de ocho condiciones que brinda a determinados habitantes del territorio nacional una justificación valedera para la no emisión del voto. ¿Cuáles son las causas que precisa la normativa?

¿Quiénes se encuentran exceptuados de votar en las elecciones 2023?

  • Los jóvenes mayores de 16 y menores de 18 años
  • Los mayores de 70 años
  • Los jueces y auxiliares que el día de la elección deban prestar servicio
  • Los que el día de la elección se encuentren a más de 500 kilómetros de distancia del lugar en el que les correspondería votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables
  • Aquellos enfermos e imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto electoral
  • El personal de organismos o empresas de servicios públicos que se encuentren afectado el día de los comicios por razones laborales. En este caso, es el empleador o su representante legal comunicará al Ministerio del Interior la nómina con diez días de antelación a la fecha, expidiendo por separado, la pertinente certificación
  • Los ciudadanos residentes en el exterior, aunque si quieren pueden hacerlo de manera voluntaria.

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Es importante aclarar que, aunque se encuentren abarcados por la normativa, no se les impide de votar. Se recuerda que los electores tienen que presentar su Documento Nacional de Identidad en la mesa asignada para corroborar la veracidad de los datos, cuyo ejemplar tiene que ser igual o posterior al que figura en el padrón electoral.

Las versiones precedentes o digitales que se muestren desde teléfonos celulares ante las facultades de mesa, no serán aceptados para ingresar al cuarto oscuro.

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¿Cuáles son los montos de las multas a pagar para los electores que no se presenten a votar en las elecciones 2023?

Los ciudadanos aptos para acercarse a los centros de votación de las elecciones 2023 que tienen más 18 y sean menores de 70 años que, no puedan argumentar porque no se acercaron a cumplir con el deber cívico del sufragio se los obligará a abonar una multa de $100  ante la Secretaría Electoral.

Además, los gravámenes económicos son acumulables, por lo que pueden llegar a alcanzar un valor de hasta $500 según lo fijó la Cámara Nacional Electoral.

PM / ED