Una pericia de la Policía Federal y de la Gendarmería Nacional concluyó que la bala que mató al militante del Partido Obrero (PO) Mariano Ferreyra rebotó en el piso antes de impactar en su adbomen, el pasado 20 de octubre durante un reclamo laboral de empleados ferroviarios.
El resultado -ya que había discrepancias entre las partes sobre la trayectoria de la bala-, podría beneficiar a los 10 detenidos del hecho, entre los que se encuentra el titular de la Unión Ferroviaria (UF), José Pedraza, porque así no habría existido intención de matar sino de amedrentar.
"El proyectil que ocasionara la muerte de Mariano Ferreyra ingresó a su cuerpo tomando previamente contacto con una superficie, es decir, provino de un rebote", concluyó el informe de 15 páginas que fue elaborado el pasado 3 de mayo.
Hasta ahora había discrepancias entre la Policía Federal y Gendarmería Nacional y los peritos de los acusados respecto de la trayectoria de la bala, calibre 38 SPL (Special).
La Policía sostenía que el proyectil había ingresado directamente en el cuerpo de Ferreyra, mientras que Gendarmería y los peritos de los ferroviarios afirmaban que había rebotado en el piso.
Un nuevo estudio de barrido electrónico realizado en un centro atómico arrojó que el proyectil tenía "sílice, aluminio, calcio y magnesio, que no forman parte constitutiva del proyectil", y el primero de esos elementos es un químico que se utiliza en la brea asfáltica de las calles.
Los especialistas analiazaron ese resultado, la supefercie de las calles Perdriel y Pedro de Luján, en Barracas, donde murió Ferreyra, y los lugares donde se encontraba Ferreyra y los dos ferroviarios acusados de disparar, y concluyeron que la bala rebotó en la calle.
La pericia fue firmada por los peritos de Policía Federal Matías Alé, Edgardo Ríos y Martín Descalzo; los de Gendarmería Gonzalo Díaz y María Lastretti; los que representan a los querellantes, Beatriz Rial, Diego Gómez y Silvia Bufalini, y los de los acusados, Cristina Vázquez, Angel Martín y Carlos Rodríguez Ganduglia.
El resultado podría beneficiar a los acusados ya que, plantean sus defensas, el rebote daría cuenta de que no hubo intención de matar sino de amederentar y así el hecho podría ser un homicidio en riña, con una pena de dos a seis años de prisión, y no un homicidio agravado, con una reclusión de 25 años, por el que están procesados.
Sin embargo, la situación no se modificará en lo inmediato porque la jueza dio por cerrada la investigación y la pericia será debatida en el juicio oral, instancia a la que todos los acusados llegarán detenidos.
Fuente: DyN.