POLITICA

La Corte declaró inconstitucional el cobro de retenciones

Será para aquellas que no sean aprobadas por la ley.El Tribunal resolvió así el reclamo de una empresa pesquera.

Los ministros de la Corte Suprema de Justicia emitieron el fallo por unanimidad.
| DYN

La Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional el cobro de retenciones que no sean aprobadas por la ley. 

El máximo tribunal, que tomó la decisión en base al caso de una empresa pesquera que reclamó por las tasas que el Gobierno percibió durante siete meses del año 2002, abre la puerta a que otras compañías puedan hacer presentaciones similares ante los gravámenes que les cobren.  

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La decisión del tribunal, que habilita un panorama incierto en materia fiscal. Los 9 jueces de la Corte resolvieron, por unanimidad, que no se pueden fijar retenciones porque esa facultad le corresponde de manera exclusiva al Congreso.

"Ninguna carga tributaria puede exigirse a las personas si no ha sido creada por el Poder Legislativo, único poder del Estado investido de tal atribución", señala el fallo. La resolución atañe a la firma  Camaronera Patagónica S.A. y no es extensible al del resto de las compañías ni a las retenciones fijadas por decretos y resoluciones que desde 2002 fijan las alícuotas para soja, girasol, maíz y trigo.

Los jueces Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda y Eugenio Zaffaroni consideraron que la invalidez se limitaba al plazo entre marzo y agosto de 2002, cuando la tasa fue cobrada por decreto. Luego, fue convertida en ley por el Congreso. Los ministros Carmen Argibay y Enrique Petracchi, en cambio, no pusieron límites al alcance de la inconstitucionalidad. Elena Highton de Nolasco prefirió abstenerse, informó el Centro de Información Judicial (CIJ).