POLITICA

Las modificaciones que permitieron aprobar el dictamen en Diputados

Al menos seis cambios relevantes, impulsados por el Frente Renovador y el PJ, permitieron acercar posiciones con el oficialismo.

Se fracturó el bloque de Diputados del Frente Para la Victoria
| Cedoc

Las comisiones de Presupuesto y Hacienda y de Finanzas de la Cámara de Diputados aprobaron el dictamen para acordar con los holdouts la cancelación de la deuda argentina. Sin embargo, para conseguir la rubrica, el Gobierno debió aceptar una serie de cambios impulsados por el Frente Renovador y el bloque del PJ.

Alrededor de seis modificaciones sobre el proyecto original fueron necesarias para que la "Ley de la normalización de la deuda pública y recuperación del crédito" pudiera pasar por las Comisiones en Diputados y dar un paso clave rumbo al fin del acuerdo con los holdouts.

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Uno de los puntos claves que se cambió fue llevar de seis a tres meses el período con el que el Ministerio de Hacienda y Finanzas informará al Congreso el avance de las tratativas y los acuerdos a los que se arribe durante el proceso de negociación.

A su vez, el Ejecutivo deberá informar sobre los acuerdos alcanzados, los procesos judiciales o arbitrales terminados, los montos de capital y los montos cancelados o a cancelar en cada acuerdo.

Otra de las modificaciones aceptadas incluyen que el Poder Ejecutivo no asumirá ningún gasto ni cargo excedente respecto del resto de los tenedores de Títulos Públicos Elegibles abarcados en la Oferta Base.

También, se solicitó que los pagos a los holdouts se efectuarán previo dictado de una orden judicial que disponga e implique el levantamiento automático y efectivo de las Órdenes "PariPassu".

Además, como principal retoque, en el artículo 6 donde se especifican los límites al endeudamiento, se detalló que "en caso de que monto de emisión supere el monto de pago requerido bajo la presente ley, el excedente será imputado a la autorización existente de deuda publica prevista en el Presupuesto General".

Por último, se dejó constancia de que el pago de comisiones a los bancos que colocarán los títulos de deuda en ningún caso podrán superar el 0.20% del monto de emisión.