Este jueves 27 de junio la Cámara de Diputados aprobará una reforma laboral que justificará los despidos por bloqueos y tomas de empresas, además, se incorporará la figura del “colaborador” que habilitará a las pymes a contratar tres empleados para una determinada tarea, sin generar relación de dependencia.
Estas modificaciones forman parte de la Ley Bases que esta noche se convertirá en ley por más de 140 votos. El proyecto se aceptará con las modificaciones que realizó el Senado, según se acordó entre el oficialismo y los bloques dialoguistas que respaldan la primera iniciativa que se aprobará en la gestión del presidente Javier Milei.
Los cambios en materia de regulación laboral eliminan las multas por trabajo no registrado si se regulariza la situación de ese empleado, permite establecer acuerdos para reemplazar la indemnización por un fondo de cese laboral como tiene la Unión Obrera de la Construcción, e incorporará una nueva figura llamado colaborar para que las pymes puedan contratar a tres trabajadores sin establecer un vínculo de relación de dependencia, y amplía el período de prueba de tres a seis meses.
Aunque se descartó la eliminación de la cuota solidaria a los sindicatos, se incorporó un artículo que afecta principalmente el derecho de protesta, ya que sanciona con el despido con causa justa los bloqueos o tomas de las empresas.
El artículo 94 del proyecto del Senado que aceptará diputados fija que “podrá configurar grave injuria laboral, como objetiva causal de extinción del contrato de trabajo, la participación activa en bloqueos o tomas de establecimiento”.
El texto detalla también existe injuria “grave cuando durante una medida de acción directa se afecte la libertad de trabajo de quienes no adhieran a la medida de fuerza, mediante actos, hechos, intimidaciones o amenazas; se impida u obstruya total o parcialmente el ingreso o egreso de personas y/o cosas al establecimiento y se ocasionen daños en personas o en cosas de propiedad de la empresa”.
Otro cambio incorporado por el Senado es el artículo que disminuye de cinco a tres los trabajadores que puede tener una minipyme para que sean considerados colaboradores, es decir, que tendrá un sistema especial que no podrá considerarse personal en relación de dependencia.
Este sistema se basará “en una relación autónoma, sin que exista vinculo de dependencia entre ellos, ni con las personas contratantes de los servicios u obras e incluirá tanto para el trabajador independiente como para los trabajadores colaboradores, y hará un aporte de comprenda la cotización al Régimen Previsional, al Régimen Nacional de Obras Sociales y Sistema Nacional del Seguro de Salud y al Régimen de Riesgos del Trabajo, en las condiciones y requisitos que establezca la reglamentación”.
También el proyecto que se votará incorpora la figura de despido discriminatorio originado por motivos de, entre otros, raza, religión, opinión política o gremial, sexo, género, orientación sexual, caracteres físicos o discapacidad, y en este caso establece una indemnización agravada entre el 50 y el 100 por ciento.
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