POLITICA

Papel: Los puntos claves del proyecto oficial

El dictamen de mayoría por el cual se declara de interés público la fabricación, comercialización y distribución de pasta de celulosa y de papel para diarios que elaboró el plenario de cinco comisiones de la Cámara de Diputados.

default
default | Cedoc

Estas son los puntos salientes del Proyecto del Frente para la Victoria:

 

Esto no les gusta a los autoritarios
El ejercicio del periodismo profesional y crítico es un pilar fundamental de la democracia. Por eso molesta a quienes creen ser los dueños de la verdad.
Hoy más que nunca Suscribite
  •  Se declara de interés público la fabricación, la comercialización y distribución de pasta celulosa y de papel para diarios.
  • Se crea la Comisión Bicameral de Seguimiento de la Fabricación, Comercialización y Distribución de Pasta Celulosa y de Papel para Diarios, que tendrá el carácter de comisión permanente. *
  • El marco regulaíono participativo tiene como objetivo esencial asegurar para la industria nacional la fabricación, comercialización y distribución regular y confiable de pasta celulosa para papel de diario y de papel para diarios, declarada de interés público.
  • Será Autoridad de Aplicación el nministerio de Economía cuyas funcionesí serán las de controlar el cumplimiento del presente marco regulatorio, dictar las normas aclaratorias y complementarias, aprobar los planes de acción, e intervenir en todos los actos previstos en la normativa aplicable.
  • La Autoridad de Aplicación deberá incentivar la eficiencia del sector, garantizar la producción en la totalidad de las etapas, mejorar la operación de la industria, garantizando la igualdad de oportunidades y el acceso sin discriminaciones al abastecimiento de papel.
  • También llevar el control de las exportaciones e importaciones de la pasta celulosa y del papel para diarios y recomendar las medidas relativas al comercio exterior para el cumplimiento del presente régimen.
  • Promover y controlar la producción y uso sustentable de pasta celulosa y de papel para diarios, establecer las normas de calidad y los requisitos y condiciones necesarios para la habilitación de las plantas de producción de pasta celulosa y de papel para diarios.
  •  Administrar los subsidios que existen actualmente así como los que eventualmente se otorguen.
  •  Se crea la Comisión Federal Asesora para la Promoción de la Producción y Uso Sustentable de Pasta Celulosa y de Papel para Diarios, cuya función será la de asistir y asesorar a la Autoridad de Aplicación.
  • Dicha Comisión estará integrada por un representante de los diarios de cada una de las provincias y de la Ciudad de Buenos Aires que no participen en forma directa o indirecta en ía producción de papel para diarlos o de alguno de sus insumos estratégicos, más dos representantes de organizaciones de usuarios y consumidores y tres por los trabajadores.
  • La Comisión analizará la situación y la evolución del mercado inter y local de papel para diarios y las condiciones comerciales y de acceso del insumo en el mercado local; controlará y realizará el seguimiento de aplicación de la cláusula de acceso y precio igualitario del citado insumo.
  • También será la encargada de analizar y realizar propuestas respecto de Jos planes de inversión de la firma Papel Prensa S. A.
  • Los fabricantes, distribuidores y comercializadores de pasta celulosa y de papel para diarios deberán publicar para conocimiento de las empresas compradoras y de la Comisión Bicameral el stock total y disponible, en forma diaria; la capacidades producción máxima y la producción estimada para los próximos tres (3) meses, de manera trimestral y el precio único pago contado de venta de papel para diarios a la salida de planta.
  • Este precio será el mismo para toda operación que involucre la adquisición de mas de una tonelada de dicho producto, en condiciones de entrega inmediata. En ningún caso, se efectuaran contrataciones que involucren un precio inferior al precio único de pago contado, sin embargo se permitirá establecer precios superiores al precio único de pago contado, cuando se otorguenn plazos de pago.
  • Se deberán atender, sin discriminación de ningún tipo, todas aquellas solicitudes de abastecimiento para las que exista stock o capacidad de producción no comprometida.
  • Los fabricantes de pasta celulosa y de papel para diarios deberán comprometer una proyección de capacidad a tres años, en función de los programas de inversión que van a llevar adelante.
  • La Comisión Federal Asesora estimará, trimestralmente, las necesidades de importación de pasta celulosa y de papel para diarios, a fin de asegurar el abastecimiento pleno del mercado local.
  • El Régimen Sancionatoria para quiene incumplen las normas prevé apercibimientos, multas, inhabilitciones, suspensiones, reparación del daño causado, clausuras y decomisos.
  • Se crea un Fondo Fiduciario para Fomento de las Inversiones en bienes de capital de las pequeñas y medianas empresas que desarrollen actividades relacionadas.
  • Papel Prensa SA. deberá operar como mínimo a pleno de su capacidad operativa o de la demanda interna de papel (cuando esta sea menor a la capacidad operativa) y presentar y ejecutar cada tres años un plan de inversiones tendiente a satisfacer la totalidad de la demanda interna de papel para diarios.
  • Cuando los fondos necesarios para las inversiones previstas en el artículo anterior sean provistos en forma más que proporcional por el Estado Nacional respecto de otros socios, los derechos políticos adicionales emergentes de dichos aportes de capital serán ejercidos por la Comisión Federal Asesora.
  • Sin perjuicio de lo anterior, los derechos patrimoniales emergentes de los citados aportes forman parte de la participación accionaria del Estado Nacional en Papel Prensa SA, que se ve acrecentada eventualmente mediante este mecanismo.