POLITICA
Tragedia de Once

¿Podrá Julio De Vido ser sometido a un juicio por jurados?

El ex ministro de Planificación del kirchnerismo quiere un juicio "libre de presiones políticas". Qué dice la Constitución y de qué se tratan los juicios por jurados.

De Vido Cajero Temes
Dibujo de Temes | Pablo Temes

Luego de que el ex ministro de Planificación del kirchnerismo, Julio De Vido, pidiera mediante un escrito ser juzgado por un jurado en la causa de la Tragedia de Once, para "contar con un juicio justo, libre de presiones o sospechas políticas", Perfil se comunicó con especialistas que explicaron si el actual diputado del FpV puede o no conseguir su petición y en qué consiste dicha modalidad.

Andrés Harfuch, miembro de la Junta Directiva del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP) y vicepresidente de la Asociación de Juicio por Jurados (AAJJ) explicó en diálogo telefónico con este sitio que ante la falta de una ley de juicios por jurado, "no es posible el pedido de De Vido".

"No es posible que De Vido sea juzgado por jurado porque no hay ley. Es una de las grandes deudas constitucionales que tiene el Congreso Federal: sancionar la ley de juicios por jurado que establece el artículo 75, inciso 12, infines de la Constitución Nacional. Este tipo de casos deberían ser juzgados por jurado", explicó el especialista.

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En esa línea, Harfuch hizo hincapié en que "la propia Constitución dice que este tipo de juicios debe hacerse por jurado". "Lo dice el artículo 118, que los juicios criminales son obligatorios que terminen por jurado. Entonces tenemos una ley que no los prevé y una Constitución que los ordena. Y el abogado de De Vido está pidiendo eso, aunque le van a decir que no porque no hay ley", anticipó.

Sin embargo, Héctor Granillo Fernández, presidente de la propia AAJJ, habló con Perfil y refutó la teoría de Harfuch al afirmar que "a pesar de que la ley de juicio por jurados no esté todavía en el Código Procesal Penal específicamente no puede significar una derogación de la Constitución".

Para Granillo Fernández, el procesado tiene derecho al cumplimiento de la Constitución: "La Constitución establece el juicio por jurado como forma republicana de administración de Justicia. Con la participación del soberano, o sea el pueblo, por eso republicano. La única forma posible es la que elige la Constitución como pauta programática en el artículo 24 y específica en los hechos criminales en el artículo 118, donde se divide el decisorio en veredicto para el pueblo, o sea el jurado, y la sentencia para el Estado. De modo que, el pueblo habilita al Estado o no a condenar". 

Y argumentó: "Que la ley no esté en el fuero federal, que la ley de juicio por jurados no esté todavía en el Código Procesal Penal específicamente no puede significar una derogación de la Constitución, sobre todo cuando se ve que ya en otras provincias como Córdoba, Neuquén y Buenos Aires, el juicio por jurado ya tiene funcionamiento. Y ya se sancionaron leyes al respecto para su pronta introducción en este año y en el que viene en Chaco y Chubut, mientras que está el proyecto de ley en Río Negro, La Rioja y otras provincias como Santa Fe. Osea que habría una desigualdad ante la ley porque en una jurisdicción se dictara la ley y en otra no".

En esa línea, el defensor de los juicios por jurados concluyó que "el juicio por jurado es un derecho además de una obligación, por eso creemos que es irrenunciable".

El abogado defensor de Julio De Vido, Adrián Maloney, no quiso dar declaraciones a este portal más allá del escrito presentado pero deslizó que "el Tribunal Oral Federal N°4 y las instancias correspondientes deberán resolver los problemas reglamentarios para hacer posible el ejercicio de esa garantía constitucional".

¿Qué es un juicio por jurados? La idea detrás de los jurados es que una persona sea juzgada por sus pares. "En lugar de que una persona sea juzgada por jueces profesionales, que son en su gran mayoría hombres de clase media alta, los evalúa un grupo de personas -que en general incluye igual cantidad de hombres y mujeres- con distintas trayectorias y sensibilidades", explicó a Chequeado Andrés Harfuch.

En cada provincia hay diferentes modalidades de aplicar el sistema en cuánto al número de jurados. En Buenos Aires hay doce ciudadanos como jurados y en Córdoba ocho y dos jueces federales que acompañan, por ejemplo. 

Proyecto de ley a debatir. La diputada de Cambiemos Gabriela Burgos es quien tiene el proyecto a debatirse en Diputados para implementar una ley que finalmente incluya los juicios por jurados en los fueros federales. Este mecanismo se usa hace siglos en los países angolsajones, como Estados Unidos y Reino Unido.