El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires le ordenó al jefe de Gobierno porteño, Mauricio Macri, que levante la difusión de cuatro videos de la serie "Historias para creer" en los que aparece promoviendo actividades y programas públicos porque la ley electoral, según coincidieron los magistrados, le prohíbe realizar "propaganda institucional que tienda a inducir el voto".
Los jueces Luis Lozano, Alicia Ruiz y Ana Conde hicieron lugar a una denuncia y dispusieron que se retiren los videos de su difusión en televisión, Internet, la red de subterráneos o que se suprima la parte en la que aparece Macri, informaron hoy a DyN fuentes judiciales.
El Tribunal también le ordenó al Gobierno local que "proceda de igual modo respecto de cualquier video de igual contenido cuya divulgación haya librado a medios de difusión privados o públicos".
Se trata de la campaña "Historias para Creer" en la que el Gobierno porteño promociona distintos programas culturales y sociales, como un plan de urbanización, inclusión social y cursos de música, con la participación de personas que cuentan su experiencia.
Los magistrados consideraron que los videos "tienen un contenido en el cual se puede distinguir la información, dirigida al pueblo, acerca de beneficios o servicios que puede requerir del Gobierno de la Ciudad", pero en los que hay "una participación de la figura del Jefe de Gobierno Ing. Mauricio Macri que, vinculada a esos beneficios o servicios, encuadra en la disposición del art. 3, ley n° 268 que veda la promoción de candidatos en actividades como esta".
Esa norma establece que "durante la campaña electoral y hasta finalizado el comicio, el Gobierno de la Ciudad no podrá realizar propaganda institucional que tienda a inducir el voto. Asimismo no puede promocionarse candidatura alguna con motivo o en ocasión de actividades oficiales".
"Consideramos que, o bien debe levantarse la exhibición de los cuatro videos referidos en cualquier medio de difusión en que se estén exhibiendo o propagando o bien debe suprimirse la parte correspondiente a la aparición de la imagen y la voz del candidato Mauricio Macri en los cuatro videos aludidos", concluyó el Tribunal.
El fallo es del jueves pasado y los videos "María", "María Inés Bogado-Historias para Creer", "Matías-Historias para Creer" y "Pedro-Historias para Creer" ya no deberían publicados en el sitio web youtube.com ni el blog http://historiasparacreer.buenosaires.gob.ar/ creado para la promoción de esos cortos, pero aún continúan.
Fuente: DyN.