La discusión en torno a la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual está centrada en la aplicación de dos artículos: el 161 y el 45. El primero de ellos es el que indica que los titulares de licencia tienen el plazo de un año para adecuarse a los límites que impone la ley.
El Grupo Clarín interpuso una medida cautelar, que la Corte Suprema aceptó pero que limitó hasta el 7 de diciembre. Para el Gobierno, ese día debe aplicarse la ley. Pero para el Grupo, en cambio, a partir de allí empieza a correr el año (excepto que se extienda la cautelar).
Mientras tanto, la Justicia debe expedirse sobre la cuestión de fondo, que son los límites que establece el artículo 45, sobre la "multiplicidad de licencias".
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