El Gobierno aprobó la reglamentación para la transferencia de acciones de licencias de servicios de comunicación audiovisual y fijó el 24 de junio de 2010 como el inicio de este régimen. Según el artículo 41 de la ley de servicios de comunicación audiovisual, se autoriza como excepcional la transferencia de acciones o cuotas partes de sociedades licenciatarias de servicios de comunicación audiovisual después de 5 años del plazo de la licencia y cuando tal operación fuera necesaria para la continuidad del servicio.
Aún el fallo de la Sala I de la Cámara Civil y Comercial Federal que confirmó la decisión del juez Edmundo Carbone de validar la suspensión del artículo 161 de la Ley de Medios (el que otorga un año a las empresas para que se adecuen a la nueva norma) reconoció la aplicación del artículo 41.
"La subsistencia autónoma del artículo 41 de la ley 26.522 no impresiona como lesiva con suficiente convicción sobre el peligro en la demora, resultando prudente preservar su vigencia", sostuvo la cámara en el fallo.
La explicación de la fecha elegida, 24 de junio de 2010, corresponde a que ese día la justicia revocó la medida cautelar que suspendía la aplicación de la Ley de Medios en la causa "Daher, Zulema Beatriz c/Estado Nacional-Honorable Senado de la Nación-Poder Ejecutivo Nacional s/Acción Declarativa-Medida Cautelar".
El artículo 161 de la ley de medios audiovisuales, que fue cuestionado por el Grupo Clarín porque obliga a las empresas a vender sus radios y canales de televisión y de cable en el plazo de un año, continuará suspendido hasta que finalice un juicio que se inició con una demanda presentada en febrero último y que está en sus etapas iniciales.
La ley de medios audiovisuales, número 26.522, fue sancionada en octubre del año último y es parte de una política del Gobierno para cambiar el mapa de los propietarios de radios y canales de televisión y cable.
El Grupo Clarín solicitó una medida cautelar y el 16 de diciembre el juez federal Carbone le hizo lugar, sosteniendo que el artículo 161 produce "un menoscabo de los derechos constitucionales de propiedad y de industria lícita". El 14 de mayo, la Cámara Civil y Comercial, en un extenso fallo, confirmó la medida cautelar.