POLITICA
Condenados a perpetua

La Secretaría de Derechos Humanos rechazó las salidas transitorias otorgadas a tres represores

La Sala de Feria de Casación otorgó en el último día de feria ese beneficio a un ex penitenciario y dos ex policías del circuito conocido como 'ABO' (Atlético, Banco, Olimpo). El área encabezada por Horacio Pietragalla habló de "controversia".

Horacio Pietragalla
Horacio Pietragalla | Twitter @pietrgallahora

La Secretaría de Derechos Humanos de la nación repudió este viernes el beneficio otorgado a tres represores de la última dictadura militar que recibieron la posibilidad de realizar salidas transitorias por parte de la Sala de Casación. Desde el área conducida por Horacio Pietragalla Corti, expresaron que el otorgamiento genera "controversia" para sus víctimas y atraviesa "a la sociedad en general".

Se trata del ex penitenciario Juan Carlos Avena y los ex policías Eduardo Emilio Kalinec y Luis Donocik, todos condenados a perpetua por crímenes de lesa humanidad cometidos entre 1976 y 1983, Los tres estuvieron involucrados en la causa ABO (Atlético, Banco y Olimpo), referido a tres centros clandestinos de detención dependientes del I Cuerpo del Ejército Argentino.

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En el último día de la feria, la Sala de Casación integrada por los jueces Eduardo Riggi, Juan Carlos Mahiques y Carlos Gemignani revocó la resolución del Tribunal Oral Federal que había denegado el beneficio solicitado por las defensas de los represores.

La palabra de la Secretaría de DD.HH.

La entidad dependiente del Ministerio de Justicia, que actúa como querellante en la causa ABO, se había opuesto a los planteos y expresó a través de un comunicado que la "concesión de las salidas transitorias se apartaría sin fundamento alguno de las disposiciones de la denominada Ley de Víctimas (Ley 27.372)".

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"Otorgar el beneficio de las salidas transitorias generaría una controversia que no sólo incluye a sus víctimas directas, sino que atraviesa también a la sociedad en general en virtud de la indeleble impresión en la memoria colectiva que significaron los hechos por los cuales el imputado fue juzgado y condenado", añadieron.

"Corresponde adoptar un criterio judicial, que extreme los recaudos para evitar las circunstancias que pudieran derivar en la impunidad cuando se juzgan delitos de lesa humanidad", concluyeron desde la secretaría.

Domiciliaria para Enrique Welsh

En el escrito, el ente también hizo mención a Enrique Welsh, imputado en la causa “1 y 60” de La Plata, quien había estado prófugo hasta el 2015 y la Sala de Casación le concedió la prisión domiciliaria.

"La Secretaría también se había opuesto en el mes de noviembre de 2021 porque se había demostrado que las patologías que padece el imputado estaban debidamente tratadas en la Unidad 34, donde permanecía detenido", señalaron.