Una diputada de Juntos por el Cambio presentó en la Cámara de Diputados un proyecto para repudiar la producción de un podcast en Télam que analiza el caso Santiago Maldonado desde la perspectiva de la desaparición forzada perpetrada desde el Estado durante el gobierno de Mauricio Macri.
Se trata de Sabrina Ajmechet, quien difundió en redes la iniciativa y se quejó de la "militancia partidaria" en la agencia estatal de noticias.
El proyecto de declaración que presentó la referente opositora señala su "preocupación y profundo repudio" por un podcast llamado "Desapariciones forzadas en Democracia", que incluye entre sus capítulos al caso Maldonado.
Para Ajmechet, el capítulo informa sobre "hechos falsos que fueron rotundamente negados en la justicia y que representan cosa juzgada en la actualidad".
El episodio en cuestión aborda la muerte de Maldonado ocurrida en agosto de 2017 en el contexto de una feroz represión de la Gendarmería en Resistencia de Cushamen, Chubut. Al contrario de la postura de la Justicia, el capítulo cuestiona el rol del Estado por medio de las autoridades del Ministerio de Seguridad y desmiente la teoría del ahogamiento.
Ajmechet contra la "militancia partidaria" en Télam
"Los medios públicos no pueden hacer militancia partidaria, vayan a decir mentiras en otro lado, sin la plata de los impuestos de los argentinos", sostuvo Ajmechet.
El proyecto en cuestión está cofirmado por los diputados Cristian Ritondo, Hernán Lombardi, Pablo Torello, Alejandro Finocchiaro y Karina Banfi, entre otros integrantes del bloque Juntos por el Cambio.
Fue presentado en el Congreso a dos semanas de que el juez federal Gustavo Lleral, a cargo del caso, sobreseyera a cuatro gendarmes acusados por la desaparición y muerte del militante social.
Santiago Maldonado: sobreseyeron a 4 gendarmes acusados por su desaparición y muerte
“Las razones asentadas sobre las evidencias que determinan, de manera indiscutible, mi convicción, es que sostengo con la certeza suficientemente necesaria que en los eventos verificados los días 31 de julio y 1 de agosto de 2017, no existe absolutamente, ninguna conducta humana que sea susceptible de constituir un ilícito penalmente típico”, sostuvo el magistrado en el fallo.
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