La Cámara Civil consideró que un matrimonio que estuvo diez años sin mantener relaciones sexuales, pero viviendo bajo el mismo techo, estuvo separado de hecho durante un tiempo lo suficientemente largo como para concederle el pedido de divorcio.
La Sala M de la Cámara Civil revocó así un fallo de primera instancia y concedió el divorcio para un matrimonio de septuagenarios que se habían casado en 1955, pero desde principios de este siglo mantenía una "depreciada calidad de vida" en común, a punto tal que en 2002 el hombre fue excluido de su hogar por orden judicial a raíz de repetidas denuncias de violencia doméstica.
El fallo, firmado por los jueces Elisa Díaz de Vivar, Mabel De los Santos y Carlos Ponce, resolvió la situación de "un matrimonio celebrado en 1955, que tuvo tres hijos y que desde larga data presentó disfuncionalidades, problemas de agresiones recíprocas y denuncias de violencia".
En febrero de 2003 iniciaron el juicio de divorcio, pero en primera instancia, como no habían transcurrido los tres años de separación de hecho sin voluntad de retomar el vínculo, la Justicia rechazó el pedido.
Los jueces resolvieron finalmente "hacer lugar al divorcio vincular", aclarando que la mujer fue "no culpable de la separación".
Fuente: DyN