A través de la Resolución 484/2026, publicada la madrugada de este viernes en el Boletín Oficial, el Gobierno ordenó que comience el Programa de Implementación del Régimen Penal Juvenil, que estará a cargo de la Dirección Nacional de Política Criminal en Materia de Justicia y Legislación Penal.
Qué dice la Resolución 484/2026
El texto detalla que se crea “el PROGRAMA DE IMPLEMENTACIÓN DEL RÉGIMEN PENAL JUVENIL (El Programa) en el ámbito de la DIRECCIÓN NACIONAL DE POLÍTICA CRIMINAL EN MATERIA DE JUSTICIA Y LEGISLACIÓN PENAL dependiente de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA CRIMINAL de la SECRETARÍA DE JUSTICIA del MINISTERIO DE JUSTICIA, el que actuará como instrumento marco para la coordinación de las actividades a cargo de este Ministerio en su carácter de Autoridad de Aplicación de la Ley N° 27.801”.
Antes del castigo: quién es la jueza Laura De Marinis y cómo entiende la justicia penal juvenil
Luego detalla que este programa “estará a cargo de un Coordinador, a quien le corresponderá la conducción y supervisión de las acciones y líneas de trabajo ejecutadas en su marco”.
Anexo 1
A continuación, explica los objetivos del PROGRAMA DE IMPLEMENTACIÓN DEL RÉGIMEN PENAL JUVENIL:
a) “concertar la implementación integral del Régimen Penal Juvenil en el ámbito de la competencia nacional ordinaria y federal”.
b) “promover el desarrollo de intervenciones basadas en evidencia orientadas a la reducción de la reincidencia delictiva”.
c) “impulsar la centralidad y tutela efectiva de las víctimas en el proceso”.
d) “contribuir a la formación especializada de los operadores del sistema de justicia penal juvenil”.
e) “fortalecer e impulsar la articulación interministerial, interinstitucional e interjurisdiccional en la materia”.
f) “promover el diseño y gestión de un sistema de producción, compilación y sistematización de información estadística e institucional, para la evaluación de resultados de política criminal juvenil y la toma de decisiones estratégicas”.
g) “instrumentar la administración y supervisión del funcionamiento del cuerpo de supervisores del Régimen Penal Juvenil y velar por la homogeneidad, eficacia y estándar técnico de sus intervenciones”.
Para lograr estos objetivos, el Programa seguirá las “siguientes líneas de acción principales”:
a) “gestión del Cuerpo de Supervisores: coordinación, supervisión técnica y estandarización de los protocolos de intervención del personal encargado del seguimiento de las medidas dispuestas en el marco del Régimen Penal Juvenil”.
b) “atención y protección integral a las víctimas: instrumentación de mecanismos de asistencia, contención, resguardo de derechos y participación efectiva de las víctimas en el proceso penal juvenil”.
Anexo 2
c) “formación y capacitación especializada: diseño y ejecución de programas de formación continua destinados a los operadores del sistema de justicia penal juvenil y actores institucionales vinculados”.
Anexo 3
Y añade que “la Autoridad de Aplicación podrá incorporar nuevas líneas de acción institucionales, operativas o territoriales, en función de los requerimientos de implementación progresiva del régimen y las necesidades del servicio”.
HM/DCQ