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Escándalo en Mendoza: cobro un sueldo del estado durante 3 años sin trabajar

Sucedió en Mendoza, donde el funcionario aparecía como administrativo en la dirección de Recursos Naturales Renovables en la delegación de Valle de Uco.

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casa de gobierno de Mendoza | Cedoc Perfil

El gobierno de Mendoza decidió dar de baja el contrato de un empleado estatal que cobró su sueldo durante 3 años sin trabajar. El empleada se desempeñaba en la Dirección de Recursos Naturales Renovables que pertenece a la delegación del Valle de Uco. La medida fue tomada por la gestión provincial a fines del año pasado, cuando decidieron echar al acusado e iniciar un proceso de recuperación del dinero.

El ex estatal fue identificado como Carlos Juárez, y de acuerdo a los empleados de la oficina donde supuestamente trabajaba, argumentaron al diario local Los Andes, que "no presta servicios en esta Delegación desde fines del año 2015".

Desde la Dirección de Recursos Naturales Renovables, le dijeron al medio mendocino que sólo habían visto a Juárez algunas veces, ya que tenía un cargo como gestor en la gestión del gobierno anterior, a cargo del justicialista Francisco Pérez. Sin embargo, Juárez continuó ejerciendo su cargo durante la gobernación de Alfredo Cornejo, con mandato desde 2015 a 2019.

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Cómo lo descubrieron

La investigación, que comenzó en abril de 2018, se había originado por la sospecha de la oficina de Recursos Humanos, quienes se alertaron de la situación cuando notaron que Juárez no había pedido una sola licencia laboral desde el año 2015. Frente al hecho, la justicia decidió dar de baja el contrato: "Aplíquese la sanción de cesantía al agente de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial", dice el Decreto 1750 firmado por el gobernador Rodolfo Suarez a finales del año pasado.

La provincia planea recuperar el dinero que el ex empleado cobro sin trabajar y por eso el decreto argumenta que debe iniciarse "el proceso de recupero por el Estado Provincial de los haberes abonados al agente hasta el corte de haberes en fecha 31 de marzo de 2018, sin la prestación del servicio. Autorícese a Asesoría de Gobierno a formular las acciones procedentes para la persecución de tal objetivo".

En el mismo texto, se señala que la gravedad de la medida de cesantear al acusado "se condice con las faltas cometidas, las inasistencias injustificadas a su lugar de trabajo, por lo que entiende se ha valorado razonablemente la premisa fáctica en la que se sustenta una sanción extrema como lo es la cesantía".

GI/FF