SOCIEDAD
Responsabilizaron a al ART

Un hombre contrajo cáncer por trabajar en una planta de uranio cerca de Bariloche y deberán indemnizarlo

Se trata de un extrabajador de Invap SE, que estuvo varios años en la planta de enriquecimiento de uranio de Pilcaniyeu. Contrajo cáncer riñón con metástasis en el pulmón.

Planta de enriquecimiento de uranio de Pilcaniyeu 20230908
Planta de enriquecimiento de uranio de Pilcaniyeu, a 60km de Bariloche. Es porque un hombre contrajo cáncer por trabajar ahí en los 80 y la ART lo tiene que indemnizar. | Twitter @duroms @denunciaglobal @NicolasDeza

Un trabajador que cumplió tareas durante varios años en la planta de enriquecimiento de uranio de Pilcaniyeu, a 60 kilómetros de Bariloche, contrajo cáncer de riñón con metástasis en el pulmón tras mantener contacto regular y prolongado con sustancias de alta toxicidad. Por esta razón deberá ser indemnizado por la ART responsable de la cobertura.

La Cámara Laboral Segunda de Bariloche falló a favor del trabajador y consideró probada “la relación de causalidad” entre las tareas que desempeñó el demandante, Luis Prieto y su enfermedad que obligó a extirparle el riñón izquierdo, además de someterse a largos tratamientos de quimioterapia.

Prieto trabajó en esa empresa, Invap, en 1982 y durante varios años permaneció en la planta de Pilcaniyeu, donde, según consigna el medio Rionegro.com, trabajaba en un galpón semicerrado, donde se manipulaba polvo de uranio, “que era mezclado con gas y se colocaba en un tubo de níquel o acero inoxidable”.

Esto no les gusta a los autoritarios
El ejercicio del periodismo profesional y crítico es un pilar fundamental de la democracia. Por eso molesta a quienes creen ser los dueños de la verdad.
Hoy más que nunca Suscribite

Planta de enriquecimiento de uranio de Pilcaniyeu 20230908

El fallo señala que en ese proceso “se abría una válvula y se traspasaba a otro recipiente tipo tambor, que estaba abierto”, lo cual generaba “una nube fluorescente que flotaba en el ambiente”. En ese contexto trabajaba el demandante que describió que había una “ventilación deficiente”.

Además de esa tarea, Prieto se encargaba de colocar “una mezcla aislante de temperatura en la tubería, compuesta por asbesto en polvo y amianto”. El asbesto fue un material prohibido tiempo después. El trabajador también estuvo expuesto a cobalto, tricoloreetano, tricoloetileno y acetona.

En 1990 fue trasladado al área de “hidrólisis de uranio” en el Centro Atómico Bariloche. En ese nuevo puesto trabajaba con uranio natural que se transformaba en pastillas “para su envío a Egipto”.

El fallo responsabilizó a la ART

El juez Jorge Serra con la adhesión de su par Alejandra Paolino y la abstención de María Pérez Pysny redactó el fallo que consideró a la ART Provincia la responsable por el perjuicio que sufrió el trabajador y desvinculó a Invap SE.

Los jueces señalaron que las medidas de seguridad eran deficientes durante los 80 y 90, pero que actualmente fueron corregidas. 

Espacios de trabajo seguros: 8 de cada 10 mujeres sufrió alguna situación de acoso laboral
 

Según los dictámenes de los peritos se corroboró que había “falta de capacitación adecuada, guantes que no resultaban los indicados, omisión de entrega de elementos de protección y ausencia de protocolos de seguridad e higiene”.

Invap, por su parte, señaló que en la planta de Pilcaniyeu no se trabajaba con uranio enriquecido sino con uranio natural “y por tal razón no existían posibles efectos perjudiciales para la salud”.

El juez Serra, sin embargo, mencionó la pericia médica de la doctora Andrea Álvarez, quien “hizo un listado de diferentes sustancias, señalando aquellas que son consideradas elementos cancerígenos, entre los que se encuentran el uranio (señalando la evidencia de daño en los riñones en caso de inhalación o ingestión), ácido sulfúrico, tricloroetileno y asbesto, por ejemplo” con los que el demandante “estuvo en contacto con varios de los elementos señalados”.

La sentencia laboral aún no se encuentra firme porque la empresa (la ART) Provincia puede impugnarla ante el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro.
 

RB/fl