ARCA confirmó la feria fiscal de julio: qué trámites se suspenden y cuáles continúan vigentes
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero estableció la feria fiscal entre el 13 y el 24 de julio, con suspensión de plazos administrativos pero sin afectar los vencimientos de impuestos y obligaciones.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) confirmó la realización de la feria fiscal de invierno, que se extenderá del 13 al 24 de julio inclusive. Durante ese período se suspenderán los plazos administrativos vinculados a procedimientos tributarios, aduaneros y de la seguridad social, aunque el organismo mantendrá sus tareas de fiscalización y control.
La medida fue oficializada mediante la Resolución 5863 publicada en el Boletín Oficial. Según lo dispuesto, los días comprendidos dentro de la feria fiscal no serán considerados hábiles para el cómputo de determinados plazos procesales que involucran a contribuyentes y responsables.
Qué trámites quedan alcanzados por la feria fiscal de ARCA
Entre los trámites alcanzados por la suspensión se encuentran las determinaciones de oficio, sumarios administrativos, multas, descargos, intimaciones de pago, requerimientos y procedimientos de clausura. En consecuencia, los plazos vinculados a estas actuaciones quedarán interrumpidos hasta la finalización del período establecido.
Sin embargo, ARCA aclaró que la feria fiscal no implica una paralización total de la actividad administrativa. El organismo conservará sus facultades de control y podrá continuar realizando fiscalizaciones, emitir notificaciones y desarrollar acciones relacionadas con sus competencias habituales.
Además, uno de los puntos más importantes para los contribuyentes es que la feria fiscal no modifica el calendario de vencimientos. Por lo tanto, las declaraciones juradas y los pagos de impuestos deberán realizarse en las fechas previstas, aun cuando coincidan con los días alcanzados por la suspensión administrativa.
Blanqueo laboral y planes de pago de hasta 72 cuotas
En paralelo, ARCA avanzó en la reglamentación del Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER), una iniciativa orientada a facilitar la regularización de trabajadores no registrados o registrados de manera incorrecta.
El programa permite a empleadores del sector privado formalizar relaciones laborales iniciadas hasta el 5 de marzo de 2026 y que permanezcan vigentes al momento de la adhesión.
Como incentivo, el organismo habilitó planes de facilidades de pago de hasta 72 cuotas con una tasa de interés mensual del 1%.
La normativa establece además que tanto el anticipo como cada cuota deberán tener un valor mínimo de $50.000. El régimen estará disponible desde el 16 de junio hasta el 28 de noviembre y podrá ser utilizado por pequeñas y medianas empresas, entidades sin fines de lucro y otros empleadores que cumplan con los requisitos establecidos.
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