Cuáles son los aspectos de la ley Ómnibus que impactan en el control interno y en la lucha anticorrupción
Las medidas del Gobierno buscan cambiar las maneras en que se gestionan los recursos y se controla el Estado, mientras que la implementación de nuevas normas generará un impacto positivo a largo plazo.
Ante la necesidad de cambios culturales, el Gobierno pretende, a través de la Ley Ómnibus, modificar las formas en las que se gestionan los recursos y se controla el Estado.
Para conocer en detalle los aspectos de esta búsqueda, Canal E se comunicó con el experto en auditoría Gustavo Nigohosian, quien además, como parte de un trabajo que viene desarrollando desde el ámbito profesional, expuso en el marco del debate por la Ley Ómnibus en el plenario de comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Nación Argentina,
Puntos positivos y mejorables
“Algunos ítems son positivos y otros mejorables”, comenzó el entrevistado. “Lo positivo es que no se pueden blanquear capitales de terceros, porque en la lucha anticorrupción se quiere evitar testaferros, plata en negro y de drogas”, agregó.
En esa misma línea, Nigohosian aseguró que se identificó que se podía llegar a correr ese riesgo y que no se pueda blanquear por un tercero “es un punto a favor”.
Para el entrevistado, otro de los ítems positivos es “la querella de la oficina anticorrupción” para poder aportar información en la lucha contra la corrupción y “el control interno del Estado” para enfatizar más “la independencia de las auditorías internas de cada uno de los ministerios”.
Por otra parte, para el experto en auditorías, uno de los puntos “mejorables” sería “la eliminación de los requisitos renovados” para ser síndico titular o titular oficial de corrupción. “Se establece entre 6 y 8 años, cuando en las grandes compañías se necesitan 12 años”, ejemplificó.
Control desde la experiencia
Continuando con la temática, Nigohosian sostuvo que, “lo que se trata de hacer es controlar la experiencia tanto en público como en lo privado que la Oficina de Corrupción sea una fusión de procesos para mitigar riesgos y no sea una función investigadora o una justicia paralela”
Al finalizar, recalcó: “El hecho de que exista la exigencia de que la persona titular haya tenido que pasar por el Ministerio Público Fiscal o el Poder Judicial, estamos volviendo a esa filosofía original de haber sido reactivos y haber hecho una superestructura en algo que hoy en día no aporta”.
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