Colegio de Escribanos advierte que la firma electrónica vía CiDi necesita ajustes para evitar conflictos legales
La presidenta de la entidad, Lidia Lasagna, respaldó la digitalización impulsada por la Provincia, pero sostuvo que el sistema actual carece de mecanismos que certifiquen la identidad y la capacidad de quien firma. Proponen incorporar la intervención notarial o plataformas de firma digital remota para fortalecer la seguridad jurídica.
La digitalización de los trámites públicos avanza en Córdoba y uno de los cambios más recientes es la posibilidad de utilizar la firma electrónica a través de Ciudadano Digital (CiDi) para la celebración de distintos actos y contratos. Sin embargo, la implementación de esta herramienta abrió un debate jurídico que el Colegio de Escribanos de Córdoba considera necesario abordar antes de que la modalidad se generalice.
En una entrevista realizada en el espacio Streamings Empresariales de Punto a Punto, la presidenta del Colegio de Escribanos de Córdoba, Lidia Lasagna, afirmó que la entidad acompaña la incorporación de nuevas tecnologías, pero advirtió que el esquema vigente presenta aspectos que deberían perfeccionarse para brindar mayor seguridad jurídica a ciudadanos y empresas.
"No estamos en contra de la tecnología. Todo lo contrario. La usamos todos los días y creemos que es una herramienta extraordinaria. Lo que sostenemos es que debe implementarse sin generar riesgos para las personas", resumió la dirigente.
El principal cuestionamiento del Colegio apunta a una diferencia jurídica que, según Lasagna, muchas veces pasa inadvertida: firmar un documento electrónicamente no equivale a certificar la identidad del firmante.
Según explicó, la certificación notarial cumple una función específica: el escribano da fe de que la persona que firma es quien dice ser, que comprende el acto que está realizando y que presta su consentimiento en forma libre y voluntaria. Esa intervención otorga al documento una fuerza probatoria que evita posteriores discusiones judiciales sobre la autenticidad de la firma.
En cambio, sostuvo que la modalidad actualmente habilitada mediante Ciudadano Digital no incorpora esa instancia de certificación.
"Muchas personas creen que porque firmaron electrónicamente ya no necesitan pasar por un escribano. Son dos cosas distintas", explicó.
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Para ilustrar las consecuencias prácticas, Lasagna recurrió al ejemplo de un contrato de alquiler. Si el inquilino firma electrónicamente y posteriormente desconoce esa firma, será el propietario quien deberá demostrar en un juicio que esa persona efectivamente suscribió el documento.
Desde la mirada del Colegio, esa situación modifica la carga probatoria y puede derivar en litigios que podrían evitarse mediante una certificación previa de la firma.
"El locador no quiere iniciar un juicio. Quiere cobrar el alquiler y recuperar su inmueble cuando corresponde", señaló.
La presidenta de la institución aclaró que el cuestionamiento no está dirigido a la decisión del Gobierno provincial de avanzar en procesos digitales, sino a la necesidad de incorporar mecanismos que fortalezcan la validez de los documentos.
Entre las alternativas propuestas aparece la posibilidad de integrar la intervención del escribano dentro del propio circuito digital o implementar plataformas de firma digital remota que permitan certificar la identidad del firmante sin necesidad de realizar un trámite presencial.
Según explicó, cualquiera de estas modalidades permitiría mantener la agilidad del sistema sin resignar las garantías jurídicas que hoy brinda la certificación notarial.
Otro aspecto que preocupa al Colegio está relacionado con la protección de personas en situación de vulnerabilidad.
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Lasagna sostuvo que existen ciudadanos que, por edad, falta de conocimientos tecnológicos o determinadas condiciones personales, pueden tener dificultades para comprender el alcance de los documentos que están firmando o incluso delegar el uso de sus credenciales digitales en terceros.
En ese contexto, recordó que el escribano no solamente verifica una identidad, sino que también controla que quien firma tenga capacidad para realizar el acto jurídico y comprenda plenamente sus consecuencias.
"Esa evaluación no es una cuestión corporativa ni gremial; forma parte de la función que cumple el notario para proteger la seguridad jurídica", afirmó.
La dirigente también señaló que el sistema de firma electrónica de CiDi utiliza un mecanismo de autenticación relativamente sencillo y que el documento resultante no incorpora la firma manuscrita ni una certificación notarial, sino una validación digital emitida por la Provincia. Desde su perspectiva, ese mecanismo, por sí solo, no reemplaza la función certificante del escribano.
Pese a los cuestionamientos, Lasagna aseguró que existe disposición del Colegio para trabajar junto al Gobierno provincial en una solución consensuada.
Recordó que ambas instituciones ya colaboraron anteriormente en procesos de modernización normativa, como la incorporación de herramientas digitales en la actividad notarial, y consideró que este nuevo desafío también puede resolverse mediante un trabajo conjunto.
"Creemos que la tecnología tiene que incorporarse para simplificar trámites y mejorar los servicios, pero siempre preservando la seguridad jurídica. Cuando esas dos cosas se combinan, toda la sociedad sale beneficiada", sostuvo.
El debate trasciende al ámbito notarial. A medida que empresas, profesionales y particulares incorporan herramientas digitales para celebrar contratos y realizar operaciones comerciales, la discusión sobre cómo garantizar la autenticidad de las firmas y reducir futuros conflictos legales comienza a ocupar un lugar central.
Para el Colegio de Escribanos, el desafío no pasa por elegir entre digitalización o presencialidad, sino por diseñar procedimientos que permitan aprovechar las ventajas de la tecnología sin debilitar las garantías que respaldan la validez de los actos jurídicos.
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